TEPJF avala credencial de elector con datos encriptados
Credencial para votar podrá tener el domicilio encriptado o visible, según lo decida el ciudadano. (Foto: Archivo/EL UNIVERSAL )
Los magistrados del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron por unanimidad el acuerdo del IFE por el
que a partir de mañana viernes los electores podrán tener la opción de tramitar
credenciales para votar sin datos visibles de su domicilio: calle, número
exterior y número interior.
En su sentencia los juzgadores valoraron que la credencial
para votar mantiene todos los datos necesarios para ejercer el derecho al
sufragio aunque, según lo decida cada ciudadano, su domicilio podrá estar
encriptado, o visible, pero siempre estará presente en la mica.
Por tanto no se incumple ningún precepto constitucional, no
se pone en riesgo el registro de datos en el padrón de electores, y se mantiene
vigente el respeto a la protección de datos personales, resolvieron.
El magistrado Salvador Nava aseguró que la nueva modalidad
“no implica ningún impacto negativo” en el sistema electoral y de organización
de las elecciones.
La magistrada María del Carmen Alanís consideró que el IFE
hizo una valoración profesional y dado que el domicilio siempre estará en código
de barras, no existe ningún riesgo para la certeza del padrón.
Para el magistrado Flavio Galván, la decisión del IFE, que
respondió a una orden del Tribunal emitida en mayo para hacer una ponderación
entre la utilidad y necesidad de esa medida, y el derecho a la privacidad y
secrecía de los datos personales, fue “salomónica” al dejarla al arbitrio del
ciudadano.
Pero eso no incumple ningún precepto constitucional porque
finalmente los datos están contenidos en la credencial, encriptados.
Además en el anverso hay datos suficientes para la
localización electoral del ciudadano, datos que permiten la comparación del
Registro Federal de Electores con la lista nominal de electores,
circunscripción, distrito y entidad.
“No se omite un solo dato electoral para poder ejercer el
derecho al voto, tampoco se incumple el dato de domicilio como lugar para el
ejercicio de sus derechos. Están todos los datos, que cualquier persona los
pueda leer, es responsabilidad del ciudadano que así lo decida… así lo decidió
el titular del derecho”, expuso Galván.
El magistrado Pedro Esteban Penagos reconoció que mantener
encriptado el domicilio “es la mejor solución para los tiempos en que
vivimos”.
Dado que no se afecta ningún aspecto de la organización
electoral, y que la ley electoral establece que los datos proporcionados por los
ciudadanos al RFE serán estrictamente confidenciales, entre ellos el domicilio,
sólo toca al Estado proveer las medidas necesarias para la protección de los
datos personales.
Con su decisión, los magistrados declararon infundados los
agravios expuestos por los representantes del PRD, Camerino Márquez y del PT,
Pedro Vázquez, quienes entre otras cosas plantearon que con la decisión del IFE
de posibilitar micas sin domicilio visible, se pondría en riesgo la certeza de
los datos en el registro.
Además, los quejosos expusieron que el acuerdo de los consejeros se tomó sin previa valoración de la Comisión de Vigilancia del Registro Federal
de Electores (RFE), instancia en la que participan todos los partidos.
Todos estos argumentos fueron desechados, por lo que el IFE
comenzará en módulos la tramitación de micas en su modalidad de domicilio
encriptado.
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