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Obtienen militares amparo federal para evitar traslado

Notimex| El Universal
18:59Miércoles 05 de marzo de 2014
La Primera Sala de la SCJN concedió este beneficio a dos integrantes de las fuerzas armadas acusados de delincuencia organizada para evitar su reclusión en un penal de máxima seguridad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a dos militares acusados de delincuencia organizada, para que no sean trasladados a un reclusorio de máxima seguridad sin la autorización del juez militar que instruyó el proceso penal.

De acuerdo al proyecto del ministro José Ramón Cossío Díaz, aprobado por sus colegas de la Primera Sala, la ley establece que tratándose de delincuencia organizada, la orden de traslado de un procesado o sentenciado, aun en el fuero militar, sólo podrá realizarse si lo autoriza el juez.

En el caso concreto, dicha orden fue formulada por la autoridad facultada por la ley que rige el fuero militar, es decir, el director General de Justicia Militar, pero no fue autorizada por el juez militar que instruyó el proceso penal, apunta el resolutivo aprobado.

Por ello se señala en la sentencia de amparo que si se quiere trasladar a los reos de un reclusorio ordinario a otro de máxima seguridad, puede hacerse sólo si existe previa autorización del juez de la causa o de ejecución de sentencia, según corresponda.

Además, para cumplir con las garantías constitucionales, la orden de traslado debe estar debidamente fundada y motivada, estableciéndose racionalmente la imposibilidad de mantener la prisión preventiva en el lugar donde se instruye la causa penal.

Por ello la Primera Sala de la Suprema Corte confirmó la sentencia que negaba el traslado, aunque lo hizo bajo las consideraciones propias antes señaladas.

En este contexto, aclara que el amparo otorgado es con el fin único y exclusivo de que no se les traslade de un centro de mínima seguridad a uno de máxima, sin contar con la autorización previa del juez instructor.

Los ministros destacaron que el juez militar debe tomar las medidas necesarias para garantizar la defensa adecuada de los procesados que se encuentran en prisión preventiva, para que estén en condiciones de contar con una defensa legal adecuada, en caso de traslado.

Así, tendrán que dejarse sin efecto los oficios por medio de los cuales la Dirección de Justicia Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional ordenó el traslado de los militares procesados, el capitán primero Juan López Raymundo y el cabo de caballería Benito Gómez Gapi.

Se precisa que en caso de que ya hayan sido trasladados al Cefereso 5 de Máxima Seguridad del municipio de Villa Aldama, Veracruz, deberán ser regresados al penal de la Primera Región Militar ubicado en el Distrito Federal.

crs



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