aviso-oportuno.com.mx

Suscríbase por internet o llame al 5237-0800




Corte analiza casos de arraigo

Carlos Sánchez| El Universal
Viernes 21 de febrero de 2014
Corte analiza casos de arraigo

DEBATE. En la próxima sesión la Suprema Corte continuará con el análisis de los recursos relacionados con la figura del arraigo. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )

Examina una norma impugnada en Aguascalientes

carlos.sanchez@eluniversal.com.mx

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el análisis de una serie de casos en materia de arraigo. El primero de ellos corresponde a una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra del artículo 291 de la legislación penal para Aguascalientes —reformada en 2012 y abrogada en 2013—, pues estipula que el arraigo podrá usarse en la investigación de delitos considerados “graves”.

El ministro Alberto Pérez Dayán, cuya ponencia está a cargo del proyecto, estimó que la norma impugnada viola el artículo 16, párrafo VIII, de la Constitución federal, ya que “posibilita a la autoridad local la imposición del arraigo como medida restrictiva de libertad por la comisión de delitos que no son de delincuencia organizada, ello contrario a lo que dispuso el Poder constituyente”.

Por su parte, el gobierno de Aguascalientes, que junto con el Congreso de ese estado son sujetos de la acción de inconstitucionalidad, pidió que el recurso fuera sobreseído toda vez que esa ley fue derogada.

Al respecto, Pérez Dayán hizo notar que actualmente la figura del arraigo subsiste en el Código de Procedimientos Penales de Aguascalientes que está vigente y en los mismos términos que la norma impugnada en este caso.

José Ramón Cossío, mientras tanto, opinó que “al haberse modificado la norma, la acción debe sobreseerse independientemente de su naturaleza penal”.

En sentido contrario, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea expresó: “En este caso que nos ocupa, si bien es cierto que pudiera sostenerse válidamente que ya no habría personas que estén sometidas al arraigo con base en la disposición original que se está impugnando (…) me parece que la norma sigue subsistiendo en el sentido que sigue generando efectos eventuales en procesos indeterminados que no tenemos en este momento, ni tendríamos por qué tener claramente de cuáles se trata, pero creo que lo técnicamente, desde mi perspectiva, lo correcto es que no es improcedente el juicio y entrar a analizar el fondo”.

El debate en torno a este caso habrá de continuar en la próxima sesión del pleno, el lunes. Al finalizar con el estudio de este juicio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá pendiente la resolución de otros cinco recursos relacionados con la figura del arraigo, especialmente en el ámbito de las entidades federativas.



comentarios
0