Análisis. Aguirre y la revocación de su mandato
Guerrero se dio hace algunos meses una de las constituciones estatales más modernas y bien logradas del país. Fue un loable esfuerzo del Congreso del estado, seguramente bajo el impulso del gobernador. Es evidente la mano de los constitucionalistas más destacados del país en su diseño. Ahora, al amparo de una interpretación equívoca de ese texto, el gobernador plantea que sea el pueblo de Guerrero el que decida, conforme a la figura de la revocación de mandato (recall) si debe permanecer en el mando, hasta que se elija a su sucesor en las elecciones de 2015.
Parecería la obra de un consumado demócrata que pone su cabeza en la charola del pueblo para que éste decida si debe o no cortarla de tajo. Su primer ofrecimiento a la opinión pública fue que se diera una consulta “nacional”, instrumentada por el INE para llevar a cabo este procedimiento de la democracia directa. Unas cuantas horas adelante rectificó y anunció que presentaría al Congreso del estado la solicitud para que se lleve a cabo el procedimiento e instrumente, con el concurso de las autoridades electorales de Guerrero, el referéndum para determinar su destino político inmediato.
Se trata de dos tropiezos inexplicables en quien como gobernador de su estado debería conocer, o al menos sus consejeros y auxiliares jurídicos, los elementos básicos del régimen constitucional bajo el cual debe actuar como protestó al asumir el cargo. En cuanto al primer dislate se generó la inmediata respuesta del presidente del INE, Lorenzo Córdova, para aclarar que no es el organismo electoral nacional el encargado de resolver problemas de seguridad. En cuanto al segundo, cobijado por sus correligionarios del PRD, pedirá al Congreso que instrumente con las autoridades electorales estatales la consulta popular para determinar si debe o no seguir gobernando.
La figura de la revocación del mandato es una vieja aspiración de la democracia mexicana que permeó de los gabinetes académicos y de los libros de doctrina a la realidad política. Deviene esta figura del derecho civil en que se extingue el contrato de mandato por decisión del mandante generalmente por desaparecer la confianza del mandante en el mandatario. El derecho público tomó esta institución para someter a votación popular la destitución o no de un funcionario electo.
La revocación de mandato existe en el régimen jurídico de Guerrero, pero acotada a los integrantes de los ayuntamientos. Los guerrerenses están obligados a participar en los procesos de democracia directa, lo que también es su derecho, pero en los términos de la Constitución y no con base en las solicitudes de los funcionarios.
*Investigador del IIJ de la UNAM