Desecha Corte petición de PRD sobre consulta energética
NEGATIVA Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discreparon sobre la viabilidad de una consulta popular en materia energética; aún así, resolvieron por mayoría desechar la petición del PRD. (Foto: Archivo/EL UNIVERSAL )
Con ocho votos a favor y tres en contra, la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) desechó la solicitud de senadores perredistas que,
en su calidad de ciudadanos, le habían solicitado se pronunciara sobre la
constitucionalidad de la consulta popular sobre la reforma energética.
Por tratarse de un asunto complejo con pocos precedentes,
las consideraciones para fundamentar el desechamiento de esta solicitud
provocaron un debate de fondo más allá del resultado, porque en los hechos el
trámite para la consulta no se detiene.
Ello, en razón que este jueves el Senado de la República
emitió un acuerdo para darle trámite a la consulta popular planteada por los
senadores del Partido de la Revolución Democrática (PRD), antes de que la
Suprema Corte resolviera el caso.
Incluso sin el acuerdo del Senado, el trámite para continuar
con la consulta estaba abierto, pues en la discusión de la solicitud del PRD,
los ministros detallaron el procedimiento a seguir para realizar una consulta
popular, tal como lo permite la reforma constitucional.
Puntualizaron, aun los que se pronunciaron a favor de
desechar la petición, que ésta se refiere exclusivamente a la consulta
específica hecha por el PRD antes de que se emitiera la ley reglamentaria, pues
nada impide que se continúe, como ya lo determinó el Senado, o incluso se
presente otra en el momento procesal oportuno.
En la sesión de este día donde se resolvió la solicitud del
PRD, hubo discrepancias sobre el tema, por un lado, quedaron los ministros,
José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena,
que argumentaron en favor de darle trámite a la consulta, al privilegiar el
ejercicio de los derechos contenidos en la Constitución.
Mientras que los ocho ministros que se pronunciaron por
desechar la solicitud, llegaron a esta conclusión, pero a través de
consideraciones encontradas.
Las consideraciones centrales del proyecto original del
ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, fueron desestimadas por la mayoría, en
especial la que condicionaba el derecho a la consulta a la emisión de la ley
secundaria.
Ante el consenso mayoritario contra este punto, el ministro
ponente ofreció eliminar toda argumentación referente al mismo, mientras que
Juan Silva Meza, se congratuló de que la mayoría de los ministros coincidió en
que la Constitución tiene eficacia directa e inmediata y no necesita de
legislación secundaria para tener vigencia plena.
El otro argumento central, respecto a la falta de
legitimación de los solicitantes, tampoco tuvo una acogida mayoritaria, pues
algunos de los ministros que votaron por el desechamiento establecieron que los
ciudadanos sí están legitimados para ejercer directamente sus derechos
constitucionales.
Fernando Franco, quien votó por desechar el recurso, afirmó
incluso que una vez cumplidos los requisitos de procedencia que marca la ley,
referente a la validación de las firmas de al menos dos por ciento del padrón
electoral, ni el Congreso ni el presidente de la República pueden detener una
consulta declarada constitucional por la Corte.
En ese tenor, Arturo Zaldívar se pronunció por desecharla,
pues los ciudadanos sí están legitimados para promover una consulta, pero lo
deben hacer en el momento procesal oportuno, que en este caso no era, pues
solicitaban a la Corte se pronunciara desde ahora sobre la constitucionalidad
de la consulta, lo que hará, pero en su momento.
En este contexto, la Suprema Corte desechó la solicitud de
los senadores perredistas, sin embargo el camino para la consulta sigue
abierto, y más ahora que ya hay ley secundaria en la materia.