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Chocan Poder Judicial y PGR por caso Gordillo

Silvia Otero| El Universal
Miércoles 25 de septiembre de 2013
Chocan Poder Judicial y PGR por caso Gordillo

RESOLUCIÓN. La decisión del juez no implica el auto de libertad de la maestra Elba Esther Gordillo Morales y coacusados. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )


Video. Dan amparos a Elba por falla de PGR; no implica su libertad

Procuraduría impugnará amparos a favor de la maestra

silvia.otero@eluniversal.com.mx 

Un juez de Distrito concedió tres amparos a Elba Esther Gordillo Morales y coacusados, por deficiencias en la integración de la averiguación previa por parte de la Procuraduría General de la República (PGR) que vulneraron su derecho al debido proceso; el hecho derivó en una nueva confrontación con el Poder Judicial de la Federación, ya que la dependencia impugnará el fallo que, dijo, se basa en “argumentos endebles y sin consistencia jurídica”, además de que acusó de imparcial al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) al informar sobre el tema.

La resolución no implica que se tenga que dictar auto de libertad a la procesada ni a sus presuntos cómplices José Manuel Díaz Flores e Isaías Gallardo Chávez, pero el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo del Primer Circuito, resolvió ampararlos ante los errores técnicos cometidos por la PGR; entre las anomalías está la inexistencia de una denuncia por parte de la Secretaría de Hacienda por el delito de lavado de dinero.

El juez Francisco Javier Sarabia Ascencio, al resolver los amparos (354/2013-3, 367/2013-5 y 368/- 2013-1), determinó que respecto al auto de formal prisión por el delito de delincuencia organizada, la resolución carecía de los requisitos que prevé la Constitución. Encontró imprecisiones en la conducta delictiva que se le atribuye a Gordillo Morales y coacusados en cuanto “a las circunstancias de lugar, tiempo y modo de ejecución del ilícito”.

Las mismas inconsistencias existen en el auto de formal prisión por delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y violaciones a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, pues no se distinguió entre uno y otro delito, ni se especificó cómo intervinieron los acusados. “En ambos el amparo se concedió por indebida fundamentación y motivación”, dijo el CJF.

Respecto al delito de lavado de dinero, el juez Sarabia Ascencio determinó que el Ministerio Público de la Federación “no cumplió con el requisito que exige el Código Penal Federal para ejercitar la acción penal”; es decir, no existió la denuncia de las autoridades hacendarias contra Gordillo Morales y coacusados. Los acusados supuestamente utilizaron los servicios de instituciones que integran el servicio financiero “consecuentemente, para proceder en contra de éstos, se requería necesariamente de la denuncia de la Secretaría de Hacienda, y por ende se vulneró el derecho humano del debido proceso”, expuso el juez.

“El motivo de la concesión del amparo, se debe a la deficiencia técnica en la integración de la averiguación previa, la cual es atribuible al ente integrador de la misma”, resolvió.

La PGR anunció que impugnará “la deficiente” decisión del juez federal. Expuso que “por segunda ocasión, advierte con preocupación el criterio sostenido en este caso por el juez de amparo, que utilizando argumentos endebles y sin consistencia jurídica, ponderó equivocadamente irrelevancias formales por encima de pruebas y hechos acreditados en el ejercicio de la acción penal, en perjuicio del interés social que representa esta institución”.

Explicó que la averiguación previa consignada se derivó de la denuncia presentada el 13 de febrero pasado por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, “que cumplía con todos los requisitos legales necesarios para proceder penalmente contra dichas personas”, como valoró y reconoció el Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el DF, donde procesan a la maestra.

El juzgador, detalló la dependencia, “atribuyó un contenido distinto a la constancia laboral presentada por el servidor público de la Secretaría de Hacienda”, fechada el 14 de febrero, que sólo se expidió para acreditar que Alonso Israel Lira Salas, ex director general adjunto de la Unidad, tenía personalidad jurídica para formular la denuncia, pues labora en la institución desde el 1 de febrero.

Asimismo, acusó que la razón de existir del CJF es, entre otras cosas, “revisar la debida actuación de los jueces federales y no pretender justificarla, porque al justificar a un juez desacredita a otro”.



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