Proponen obligar a editores a digitalizar publicaciones
La Cámara de Diputados aprobó un decreto que obliga a los editores a hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones a la Biblioteca y la Hemeroteca nacionales de México, y el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.
Aprobado con 436 votos a favor, este decreto abroga el del 8 de julio de 1991, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de del mismo mes y año, y todas las disposiciones que se opongan a este.
El decreto, que fue remitido al Senado de la República para su análisis, prevé garantizar más accesibilidad de la población a la lectura.
En el debate, se señaló que México tiene siete mil 200 bibliotecas públicas, principalmente localizadas en zonas urbanas, para atender a una población de más de 100 millones habitantes, lo que representa que hay en el país una biblioteca para atender a 15 mil 900 mexicanos.
El dictamen se refiere a toda publicación que constituya una expresión literaria, educativa, científica, artística, informativa o técnica, cuyo fin sea la venta, el alquiler, o la simple distribución sin costo, contenida en soportes impresos o digitales.
"Se considera a estas publicaciones como parte integrante del patrimonio cultural de la nación y se asegura que su integración, custodia, preservación, registro y disposición para su consulta, en los términos del presente decreto, son de orden público e interés general".
Además, subraya que todos los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales están obligados a contribuir a la integración del patrimonio editorial de la nación.
Las bibliotecas depositarias podrán solicitar el depósito de publicaciones con valor crítico para el patrimonio cultural y editorial de la nación.
Sin embargo, aclara que no son objeto de depósito las reimpresiones de una obra depositada previamente y que no ha sufrido modificaciones.
La propuesta legislativa prevé que los editores y productores que no cumplan con esta obligación se harán acreedores a una multa equivalente a 10 veces el precio de venta al público de los materiales no entregados.
Para las obras de distribución gratuita la multa será por una cantidad no menor de 10 ni mayor de 20 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
No obstante, destaca que la aplicación de la sanción no excusa al infractor de cumplir con la entrega de los materiales.
El dictamen fue presentado el 21 de noviembre pasado por los diputados Heriberto Manuel Galindo Quiñones, Fernando Rodríguez Doval, Marcelo Garza Ruvalcaba, Jesús Antonio Valdés Palazuelos.
También Mirna Velázquez López, Raúl Santos Galván Villanueva, Alfonso Inzunza Montoya, Francisca Elena Corrales Corrales, Blas Ramón Rubio Lara y Román Alfredo Padilla Fierro.
rqm