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"Inconstitucional, aplicar la prueba del polígrafo a trabajadores"

Carlos Avilés | El Universal
Miércoles 12 de marzo de 2003

La aplicación de la prueba del polígrafo a trabajadores, ya sea del sector privado o del público, es inconstitucional, asegura el especialista en Derecho Laboral, Jorge Cervantes.

El hecho de que un trabajador sea sometido a una prueba de este tipo va en contra de las garantías que establece la Constitución e incluso la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Jorge Cervantes, integrante de la Barra Mexicana Colegio de Abogados, explica que todo aquel trabajador al que se quiera someter a este mecanismo, sin importar el motivo que lo genere, está en todo su derecho de oponerse, pues va en contra de su dignidad.

Como parte de la Sociedad Mexicana de Derecho del Trabajador y de la Seguridad Social, de antemano advierte que un trabajador puede ser sancionado o despedido por algún otro motivo, pero no exclusivamente por los resultados que arroje una prueba de polígrafo.

La única forma de que se le pueda aplicar esta prueba a un trabajador es que él la apruebe mediante un convenio, comenta Jorge Cervantes.

Pero aún así, considera que este es un método que va en contra de la dignidad de cualquier trabajador.

Para dejar en claro la inconstitucionalidad de la aplicación de la prueba del polígrafo a los trabajadores, Jorge Cervantes, detalla que el artículo quinto de la Constitución establece que "el Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de la persona, por cualquier causa".

Además de que en el artículo 123 constitucional se determina que serán nulas todas las "estipulaciones que impliquen renuncia de algún derecho consagrado a favor del obrero en las leyes de protección y auxilio a los trabajadores".

Mientras que en la Ley Federal del Trabajo se establece, en su artículo 3, que el trabajo "exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta". Y el examen del polígrafo a todas luces no respeta ni las libertades ni la dignidad de los trabajadores.

Jorge Cervantes agrega que en dicha ley también se impone como obligaciones de los patrones, en su artículo 132, "guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose del mal trato de palabra o de obra".

Aparte de que el artículo 133 de la citada ley le prohíbe a los patrones "ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que les otorgan las leyes", como podría ser obligar a los trabajadores para que firmen un documento en el que se digan de acuerdo con la aplicación del examen de polígrafo.



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