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“Gobernador debe distribuir píldora”

Nubia Maya| El Universal
Sábado 29 de mayo de 2010
Al gobernador de Jalisco, Emilio González Márquez, no le queda más opción que hacer cumplir la Norma Oficial Mexicana sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres (NOM-046), pues de lo contrario podría ser removido de su cargo, aseguró José Ramón Cossío Díaz, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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Al gobernador de Jalisco, Emilio González Márquez, no le queda más opción que hacer cumplir la Norma Oficial Mexicana sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres (NOM-046), pues de lo contrario podría ser removido de su cargo, aseguró José Ramón Cossío Díaz, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Dijo que “si al final del día hubiera un desacato a la sentencia, puede incluso ser sometido a un proceso penal “por la comisión de un delito contra la administración de justicia”.

En entrevista radiofónica, el ministro explicó que lo más grave que contempla la Constitución como sanción es el desacato a una sentencia de la Corte.

González Márquez, quien llevó el caso a la SCJN, dijo que no distribuirá la píldora de emergencia en los centro de salud de la entidad, bajo el argumento de que las normas de la Federación no están por encima de la Constitución de su estado.

 

En declaraciones a medios de comunicación, luego de que el máximo tribunal declarara constitucionalmente válida la NOM-046, González Márquez dijo que la ley de su estado defiende el derecho a la vida desde la concepción y que se haría valer lo estipulado en la Carta Magna de la entidad.

Sólo las mujeres decidirán

Cossío Díaz afirmó que el fallo es una cuestión de salubridad general que le corresponde a la Federación y no al fuero común, por lo que todas las instituciones del sector salud, públicas y privadas, municipales, estatales y federales, deberán acatarlo.

Dijo que esto obliga a recomendar a las mujeres víctimas de violación el uso de la pastilla de emergencia para evitar embarazos no deseados.

 

El ministro precisó que el debate se centró en la materia de competencias y no en la cuestión de si la píldora de emergencia es o no abortiva. Dijo que en la aplicación de la NOM-046 no puede haber objeción de conciencia, pues no es un procedimiento de aborto, y aseguró que serán las mujeres quienes decidan si la toman o no.

 



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