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Válidos, amparos contra CFE: Corte

Silvia Otero| El Universal
Jueves 28 de agosto de 2014
Contratos no son comerciales, determina

silvia.otero@eluniversal.com.mx

En un viraje del criterio que hasta hoy había mantenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los ministros de la Segunda Sala determinaron que ahora cualquier ciudadano podrá ampararse contra la Comisión Federal de Electricidad (CFE); se podrá presentar un juicio de garantías contra los cobros excesivos de la luz, corte del suministro y otras acciones de autoridad relacionadas con el servicio que presta la compañía a nivel nacional.

Con esta decisión se modificó la disposición del alto tribunal, que hasta ahora indicaba que la CFE no era autoridad y por lo tanto no procedía el amparo cuando se reclamaba el aviso de recibo que expide por consumo de energía eléctrica, así como el ajuste, cobro o corte del suministro.

En la sesión de ayer los integrantes de la Segunda Sala al realizar el análisis constitucional respectivo consideraron que “es claro que en la suscripción del contrato de suministro de energía eléctrica el usuario se somete a las condiciones que dicta la Secretaría de Economía, con visto bueno de la de Energía, y que derivan de la ley, sin posibilidad de negociación, aspecto que no es característico de los contratos entre particulares en un plano de igualdad, de manera que en el caso tal contrato no emerge de un plano de igualdad”.

Concluyeron que este factor es relevante, “si se toma en cuenta que en el país la Comisión Federal de Electricidad es el único organismo que presta el servicio de energía eléctrica y, por tanto, el usuario debe someterse por completo a las disposiciones que dicten las autoridades en los contratos, pues de lo contrario no podrían obtener el servicio de energía eléctrica que en la actualidad constituye un servicio de primera necesidad”.

En este sentido, los ministros resolvieron que los contratos de suministro de energía eléctrica “son verdaderos contratos administrativos, lo que pone en evidencia que no constituyen un acto de comercio”.

Cabe destacar que no es necesario que un ciudadano contrate los servicios de un abogado si pretende presentar un amparo contra la CFE, ya que puede acudir al Instituto de Defensoría Pública donde de forma gratuita podrá contar con la asesoría.



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