aviso-oportuno.com.mx

Suscríbase por internet o llame al 5237-0800




Sentenciados en libertad, sin derechos políticos: SCJN

Carlos Sánchez Rangel| El Universal
Miércoles 05 de febrero de 2014
Sentenciados en libertad, sin derechos polticos: SCJN

PONENTE. El ministro José Fernando Franco González presentó el proyecto. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )


carlos.sanchez@eluniversal.com.mx

Con seis votos a favor y cuatro en contra, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó mantener el criterio que establece que un sentenciado, aunque no se encuentre en prisión, tendrá suspendidos sus derechos políticos —votar y ser votado—, toda vez que aún está sujeto a una pena.

De esta forma, la SCJN rechazó la modificación al artículo 38 constitucional mediante una jurisprudencia solicitada por el magistrado presidente del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito. La ponencia estuvo a cargo del ministro José Fernando Franco González Salas.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien votó en contra del proyecto, sostuvo que la privación de derechos políticos no debería aplicarse de manera directa en toda ocasión, y se manifestó porque en cada caso el juez analice las particularidades y naturaleza del mismo, para determinar si el asunto amerita la suspensión de estas garantías.

Arturo Zaldívar, también en contra, aseguró que “cuando hay varias opciones interpretativas, debe escogerse la que restrinja menos el derecho protegido (…) debemos preferir aquella que limita menos el derecho; es decir, la suspensión de derechos existe solamente cuando la persona está privada de su libertad, no habiendo ya una razonabilidad para que se pueda suspender (esta garantía) cuando la condena ha cambiado”.

En el sentido de la resolución final, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena puntualizó que “la lectura del artículo 38 (constitucional) se me hace bastante clara: ‘Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden […] durante la extinción de una pena corporal’. El hecho de que la pena esté suspendida no me parece que equivale a que se haya extinguido la pena corporal”.

“Tenemos un riesgo importante de que si se considerara que una persona que tiene encima de sí una pena de prisión y está en una libertad relativa pudiera ser electo para un cargo público”, expresó el ministro Luis María Aguilar Morales. “¿En qué situación quedaría si por no cumplir con las condiciones que se le imponen se le revoca la libertad siendo electo para un cargo público?”, cuestionó.

Los ministros que estimaron que la libertad —aun si es condicional— debe implicar el restablecimiento del derecho fueron: Juan Silva Meza, Jorge Pardo Rebolledo, Sergio Valls y Arturo Zaldívar.



comentarios
0