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Se redujo arraigo 75%: PGR

Silvia Otero| El Universal
Viernes 28 de marzo de 2014
Se redujo arraigo 75%: PGR

DETALLE. La subprocuradora Mariana Benítez señala que el arraigo sólo ocurre en casos excepcionales. (Foto: ESPECIAL )


silvia.otero@eluniversal.com.mx

En México el uso del arraigo se redujo 75% entre 2011 y 2013, y actualmente sólo 35 personas están sujetas a esta medida cautelar por parte de la Procuraduría General de la República (PGR), ya que el criterio con el que se aplica esta medida es que sea únicamente en casos excepcionales, reveló Mariana Benítez Tiburcio, subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la dependencia.

Al participar en el 150 Periodo de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), celebrado en Washing- ton, D.C., la funcionaria destacó que hay una señal muy clara del Estado mexicano: “Ya no se detiene para investigar, ya no se arraiga para empezar una investigación”.

Defendió que en el país, ahora, “se arraiga por circunstancias especiales que en el curso de una investigación la autoridad ministerial considera mucho más oportuno (…) se aplica para cumplir tres grandes fines: uno, proteger valores superiores, la vida de personas y bienes; segundo, proteger el éxito de la investigación, y asegurar que no se fugue el indiciado”.

Reveló que mientras en 2011 los arraigados fueron 2 mil 550 personas, en 2013, hubo 630, “es decir, hubo una reducción de 75% de las personas arraigadas”. En el Centro Federal de Arraigos actualmente hay 35 personas.

Benítez explicó que el arraigo está limitado a 40 días, prorrogables a otros 40 días. El uso de esta figura judicial, así como de los testigos protegidos han sido criticados constantemente por organismos internacionales defensores de derechos humanos.

Sobre el segundo tema, en entrevista con EL UNIVERSAL el pasado lunes, el titular de la PGR, Jesús Murillo Karam, dijo desde su llegada se comenzó a revisar la situación de los testigos protegidos.

—¿Qué tan conveniente es mantener este programa?

—Es indudable que es un área que tenemos que revisar y ubicarla con mayor precisión. Muchos países utilizan esta figura, el problema tal vez no esté en ella en sí, sino en la forma como se usa y eso es lo que tenemos que revisar.

Cuando se convierte en el instrumento único para poder construir procesos legales, a mí gusto deja de ser válido. Son medidas excepcionales. Uno debe cuidar que cuando se aplica una medida de excepción se proteja un valor superior a la propia excepción. Si lo que estamos protegiendo es la presunción de inocencia, el valor protegido, cuando rompemos la regla, tiene que ser superior a presunción de inocencia, por ejemplo, la vida o un riesgo para la sociedad.



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