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SCJN falla en favor de mujer presa por aborto

Carlos Sánchez| El Universal
Jueves 23 de enero de 2014
SCJN falla en favor de mujer presa por aborto

LOGRO. La indígena Adriana Manzanares Cayetano, a la salida del penal de Chilpancingo, Guerrero, con el documento que ordena su liberación. (Foto: ALEJANDRINO GONZÁLEZ NOTIMEX )


carlos.sanchez@eluniversal.com.mx

Por unanimidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata liberación de Adriana Manzanares, indígena acusada de homicidio agravado por el aborto involuntario de su hijo, resultado de una relación extramatrimonial.

Adriana pasó los últimos siete años de su vida en prisión luego de que su padre descubrió la pérdida del bebé y la presentara ante una asamblea ejidal que la insultó y agredió hasta arrancarle una confesión. El crimen: ser infiel a su marido, un hombre que se había marchado a Estados Unidos años atrás.

Javier Cruz Angulo, titular de la Clínica de Interés Público del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), despacho que junto con el Centro Las Libres asumió la defensa de Manzanares, subrayó que la resolución del caso sienta un valioso precedente, ya que “los usos y costumbres no pueden sobreponerse a los derechos humanos”.

En ese mismo sentido, el litigante celebró la decisión de la Primera Sala de la Suprema Corte, que en su opinión cuenta con varios años de trabajo en la protección de garantías individuales.

La defensa ahora está a la espera de conocer los considerandos de la Primera Sala para determinar si en el proceso contra Adriana hubo responsabilidad del Estado mexicano. Lo que sigue, explicó Cruz Angulo, es garantizar que ella pueda continuar su proyecto de vida.

Un proceso irregular

A la defensa de Manzanares le pareció “extraño” que el Ministerio Público admitiera un proceso que comenzó con golpes y escupitajos, a lo que se suma que entonces la acusada ni siquiera hablaba español. “Es como si su juicio se hubiera hecho en chino-mandarín”, sostiene el litigante.

Además, todos los testigos en el juzgado aseguraron que sus declaraciones ante el Ministerio Público fueron resultado de coacción o de una falta de entendimiento ante la cual sólo firmaron sin saber qué, sostiene Cruz Angulo.

Las irregularidades en el proceso se alimentaron de lo que el litigante llama “los tres círculos de la vulnerabilidad: ser mujer, indígena y pobre (...) A su pareja, por ser hombre, se le dejó libre. Ella lleva siete años en la cárcel. Las personas deben ser juzgadas conforme a la Constitución, que en su artículo cuarto establece que el hombre y la mujer son iguales ante la ley”.

Prueba pericial añeja

Otro de los factores que pusieron en duda el derecho al debido proceso de Manzanares fue el uso de una prueba pericial para acreditar el deceso de su bebé: la docimasia pulmonar, una técnica que, a decir del investigador del CIDE, “se implementó por primera vez hace más de 2 mil años; utilizarla hoy es como querer escribir un reportaje con la técnica y el estilo de hace dos milenios”.

La docimasia consiste en arrojar fragmentos de los pulmones del fallecido en un recipiente con agua. Si flotan, hubo vida, de acuerdo con este procedimiento.

En evidencia de todas estas irregularidades, Cruz Angulo aseguró: “Debe quedar claro que las comunidades no pueden suplantar al Estado en la procuración e impartición de justicia”.



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