Lleva Morena al TEPJF caso de promoción de diputada
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La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) recibió el primer recurso para revisar la negativa del Instituto Nacional Electoral (INE) para aplicar medidas cautelares y ordenar la suspensión de publicidad en televisión de la diputada federal del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Ana Lilia Garza Cadena, relativa a su informe de trabajo legislativo.
El representante del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) ante el Consejo General del INE, Horacio Duarte Olivares, presentó el recurso de revisión contra la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, que declaró improcedente la suspensión de la publicidad de la legisladora de Baja California y el Partido Verde Ecologista de México, que se transmitió por televisión en Guanajuato, en momentos en que se realizaban las precampañas.
El ex perredista fundamentó su recurso en la presunta violación del artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Administrativos y el 134 Constitucional que prohíben la propaganda personalizada de servidores públicos.
De acuerdo con Duarte Olivares, la promoción de la diputada Garza Cadena fue realizada fuera del ámbito geográfico de competencia de la propia legisladora ecologista.
También argumentó que la autoridad electoral omitió revisar la prohibición de propaganda política en periodo de campaña electoral que coincidió con la precampaña en Guanajuato, que desde el 8 de octubre se realiza para la selección de candidatos a diputados y municipios, y se incluyó el nombre y logotipo del PVEM, lo que a juicio de Duarte Olivares también “constituyó una ventaja indebida, porque los promocionales hicieron referencia a los logros y objetivos cumplidos por ese partido”.
El 27 de octubre pasado, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral rechazó adoptar medidas cautelares y retirar de la televisión y radio los promocionales del informe legislativo de la diputada por Baja California, solicitado en el procedimiento especial sancionador, y acreditó la transmisión de dos spots por 19 señales del sistema de televisión restringida con audiencia en Nuevo León, Jalisco, Estado de México y Distrito Federal, así como en Guanajuato.
Más quejas improcedentes. El acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE también declaró improcedente las medidas cautelares para los promocionales del diputado por Jalisco, Enrique Aubry de Castro Palomino y del senador Carlos Alberto Puente, que solicitaban los partidos de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano, del Trabajo, Morena y Encuentro Social, además del senador Javier Corral Jurado, por promoción personalizada.
Con el caso del PVEM se estrena el recurso de la legislación electoral sobre la suspensión de propaganda.
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación fue instalada el 10 de octubre pasado.
Dicha sala es la responsable de resolver todos los procedimientos especiales sancionadores en materia de propaganda electoral en radio y televisión, ordenados por la nueva reforma electoral.