Corte se enfoca en ley electoral

TAREA. El ministro Juan Silva Meza (imagen) anunció que se tendrán que analizar 41 puntos impugnados, que deberán ser resueltos antes de octubre, debido al inicio de procesos electorales. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )
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El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Silva Meza, anunció el aplazamiento de todos los asuntos que se tenían listados para resolver, y a partir del 1 de septiembre el pleno revisará casi 60 acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos en prácticamente todo el territorio nacional contra diversas disposiciones adoptadas en el marco de la reforma política.
Los partidos Movimiento Ciudadano, del Trabajo y de la Revolución Democrática demandaron la invalidez de diversos preceptos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
De acuerdo con la lista de las sesiones que iniciarán el próximo lunes, se detalla que los ministros tendrán que analizar 41 puntos impugnados, que deberán resolver antes de octubre debido al inicio de procesos electorales.
Ayer, durante la sesión del pleno, Silva Meza reconoció que “en forma inusual, el cúmulo de ellas ha rebasado todas las expectativas posibles. Llegan a casi sesenta acciones de inconstitucionalidad, cuyos procesos inician en octubre; tienen que estar resueltas con toda oportunidad —recordamos que en materia electoral no hay rezago posible—, y ese fue el compromiso de este tribunal: fijar una fecha, de violentar inclusive las posibilidades de respuesta de los señores ministros en la proyección de los asuntos, y enfrentarlas el día 1”.
La tarea
Entre los 41 puntos sobre los que tendrán que pronunciarse, los ministros tendrán que determinar si el proceso legislativo seguido para reformar y adicionar la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos vulneraron los artículos 67 y 78 de la Constitución.
Otros aspectos son establecer si se infringió la prohibición constitucional de legislar en materia electoral, con una proximidad menor a 90 días de la fase inicial de los comicios, o si la renovación de los magistrados electorales locales infringe los principios de irretroactividad de la ley y de inamovilidad judicial y el derecho al trabajo respecto a la función electoral.
También deberán definir si los informes anuales gubernamentales rendidos fuera de los periodos de campaña electoral violan la Constitución, entre otros temas.





