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Análisis. La justicia alternativa y el derecho penal

José Antonio Caballero| El Universal
Viernes 07 de marzo de 2014

El pasado martes se promulgó el Código Nacional de Procedimientos Penales. Es un enorme avance frente al reto que enfrentamos como país de implementar la reforma procesal penal de junio de 2008. A la par de la promulgación del Código, el Presidente Peña Nieto anunció la presentación de una iniciativa de ley nacional de mecanismos alternativos para resolver controversias en materia penal.

La ley propuesta permite que existan mecanismos para negociar salidas a los conflictos penales. Pero, si el derecho penal es considerado el mecanismo límite de nuestra sociedad ¿cómo existe cabida para la negociación? Al ámbito de la justicia penal llegan asuntos muy diversos. Considérense cuestiones como los accidentes automovilísticos o el daño en propiedad ajena. La justicia alternativa tiene un gran potencial para resolver estos casos. Lo que no debemos esperar es que la ley permita negociaciones entre el proxeneta y la víctima de trata o entre el secuestrador y la persona secuestrada, por mencionar dos ejemplos.

La justicia alternativa en materia penal tiene tres objetivos. Primero, asegurar una solución rápida a muchos conflictos que ingresan al sistema de justicia penal. Incluso existen esquemas de justicia restaurativa que permiten involucrar a toda la comunidad en la solución del conflicto penal. Segundo, reducir el peso de la cárcel como herramienta para resolver conflictos penales. La cárcel es cara tanto para la sociedad como para los reclusos y rara vez soluciona. Tercero, la justicia alternativa permite un empleo más eficaz de los recursos del sistema de justicia penal. Fiscales y policías pueden concentrarse en la persecución de otros delitos que generan mayor consternación a la sociedad.

Como toda reforma, la justicia alternativa también entraña diversos retos. El principal consiste en lograr la efectiva resolución de los conflictos que ahí llegan. Ello implica garantizar que quien así lo desee pueda acceder a dichos mecanismos. Lo que no puede ocurrir es que la justicia alternativa se convierta en un espacio para abandonar a las víctimas a su suerte. Los agentes del ministerio público deben ofrecer estas salidas, no imponerlas. Un segundo reto consiste en asegurar el cumplimiento de los acuerdos que se alcancen. Un recurso fácil para muchos programas de justicia alternativa es reportar convenios celebrados. Sin embargo, si una vez que se celebra un convenio, éste no se cumple, de poco le sirvió a la víctima el paso por el sistema. La justicia alternativa tiene que contar con instrumentos efectivos que garanticen el cumplimiento de los convenios. Si el cumplimiento de los convenios genera nuevos litigios, la promesa de la justicia alternativa para las víctimas quedará en el tintero. Pero asegurar este cumplimiento no es cosa sencilla. La experiencia en otras materias indica que el uso de fianzas para garantizar el cumplimento de las obligaciones pactadas puede entorpecer la conclusión de los acuerdos más que facilitarlos.

La iniciativa de ley propone soluciones para muchos de estos problemas. Lo importante ahora es enfocarse en su discusión y en su pronta puesta en marcha.

 

Investigador del CIDE



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