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"Extradición temporal es legalmente factible"

Silvia Otero| El Universal
Miércoles 26 de febrero de 2014

Video. Joaquín Guzmán Loera tiene tres días hábiles que la ley le concede para apelar esta resolución en caso de inconformidad

ENERO DE 2007. Bajo esta figura, México entregó a 15 integrantes del crimen organizado, cuyos procesos penales en el país no habían concluido. Fue el caso de Osiel Cárdenas Guillén (imagen), otrora líder del cártel del Golfo. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )


silvia.otero@eluniversal.com.mx

Existe la posibilidad jurídica de que México entregue a Joaquín 'El Chapo' Guzmán Loera de forma temporal a Estados Unidos, sin que sea necesario que el capo termine los procesos que se le inicien ante tribunales mexicanos, pues la Constitución Política lo prevé. La fórmula existe y dependerá de la negociación que realizan ambos países.

El consultor internacional Samuel González Ruiz explicó que legalmente es factible que el líder del cártel de Sinaloa pueda ser procesado por las autoridades judiciales estadounidenses, bajo la figura de la extradición temporal, si es que el gobierno mexicano la concede y se cumplen todos los requisitos.

Este mecanismo está previsto a fin de que no prescriban los delitos que se le imputan a un presunto delincuente en otro territorio. En el caso de Guzmán Loera, al menos las fiscalías de Distrito de seis estados, como Texas, California, Nueva York e Illinois, entre otros, tienen acusaciones formales en su contra por ilícitos graves como: pertenecer a una empresa criminal que conspiró para importar y distribuir miles de kilogramos de cocaína y mariguana; lavado de dinero, tráfico de armas, secuestro y “conspiración para matar en un país extranjero”.

González Ruiz recordó que el artículo 19 de la Carta Magna, en el Capítulo 1 sobre derechos humanos y garantías, establece incluso la suspensión del proceso de un reo cuando se concede su extradición temporal.

El artículo señala: “Si con posterioridad a la emisión del auto de vinculación a proceso por delincuencia organizada el inculpado evade la acción de la justicia o es puesto a disposición de otro juez que lo reclame en el extranjero, se suspenderá el proceso junto con los plazos para la prescripción de la acción penal”.

Por su parte, el abogado penalista Xavier Olea, consultado sobre el tema, destacó que la figura de la extradición temporal es aplicable, “aunque tampoco esto significa que se dé una entrega inmediata del reo a un país extranjero, ya que cualquier inculpado tiene el derecho de defensa, y esto implica agotar todos los recursos legales existentes en el marco jurídico mexicano por parte de un inculpado, para impedir que sea enviado a otra nación; y hasta ese momento y sólo que no exista un mandato judicial en contra, se procedería a la extradición”.



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