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Gana mexicana iFone batalla legal a iPhone

Elena Michel| El Universal
04:20Viernes 06 de junio de 2014

Video. Prohíben a compañías de telefonía celular usar la palabra iPhone para servicios de telecomunicaciones

Miguel ngel Margin Gonzlez, director general del IMPI, fue apoderado legal de Apple, empresa a la

PARTICIPACIÓN. Miguel Ángel Margáin González, director general del IMPI, fue apoderado legal de Apple, empresa a la que representó en el litigio contra iFone. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial falló en favor de la empresa mexicana iFone, que demandó a Telcel, Iusacell y Movistar por utilizar la palabra iPhone (de similar pronunciación que la compañía nacional) en la comercialización de servicios de telecomunicaciones

elena.michel@eluniversal.com.mx

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) emitió un resolutivo a favor de la empresa mexicana iFone y que involucra a Apple, con la que se disputan la marca iPhone en la categoría 39 de servicios de telecomunicaciones, y el cual era clave para que la nacional inicie un juicio civil ante una autoridad jurisdiccional que implicaría una indemnización económica de hasta mil 500 millones de dólares de la extranjera y las tres compañías más importantes de telefonía celular en el país.

El IMPI condenó a Telcel, Iusacell y Movistar a pagar una multa de 20 mil salarios mínimos —alrededor de un millón 346 mil pesos que se destinarían a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según marca la normatividad— y les fijó 15 días como plazo para que éstas dejen de utilizar en la comercialización de servicios de telecomunicaciones la palabra iPhone.

Pero declaró improcedente la demanda de iFone en contra de Apple, ya que encontró que la trasnacional únicamente comercializa aparatos, como lo es en este caso el smartphone, y no ofrece directamente servicios de telecomunicaciones.

EL UNIVERSAL reveló en su edición impresa del pasado 20 de mayo que el director general del IMPI, Miguel Ángel Margáin González, fue el apoderado legal de Apple en este litigio ante el propio instituto, antes de que lo designaran en el cargo el 2 de enero de 2013.

Además, según la investigación periodística, Margáin notificó hasta el 18 de enero siguiente, ya como autoridad y a sus subalternos en el instituto, que dejaba de ser el representante de la firma trasnacional. Este hecho fue calificado por el abogado defensor de iFone, Eduardo Gallástegui, como un “conflicto de interés evidente” y por el cual el órgano interno de la Secretaría de Función Pública debía actuar.

Sin embargo, las empresas de telefonía celular tienen 45 días para impugnar la resolución del IMPI ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en un intento por revertir el fallo, aunque información del instituto establece que 70% de sus sentencias impugnadas fueron confirmadas.

El eje argumentativo del resolutivo a favor de iFone determina que las infracciones para las compañías de telefonía celular se establecen por “utilizar una denominación similar en grado de confusión a la marca registrada [previamente] Ifone para prestar servicios de telecomunicaciones y también porque incurrieron en actos de competencia desleal”.

El litigio empezó porque la empresa mexicana registró en 2003 la marca iFone en la categoría 38 para servicios de telecomunicaciones. Esta compañía se dedica principalmente a la instalación de call centers y aún no ha desarrollado un aparato celular.

Sin embargo, la categoría 39 no hace distinciones e integra servicios de telefonía, intercambio de datos y voz, multimedia e internet, lo que es de interés para la trasnacional Apple.

En 2007, esta empresa multinacional solicitó un registro mixto [en las categorías 38 y 9] para su smartphone denominado iPhone, fonéticamente idéntico al nombre de la compañía mexicana.

El IMPI otorgó el registro iPhone únicamente para denominar al celular y, bajo la categoría 9, para etiquetar productos, por lo que esta palabra no puede utilizarse para comercializar servicios de telecomunicaciones [multimedia, internet y telefonía, entre otros], lo que hicieron en su publicidad las empresas Telcel, Iusacell y Movistar, subcontratadas por Apple.

El resolutivo que notificó el IMPI ayer a los particulares, y al cual tuvo acceso EL UNIVERSAL, establece en el caso de Apple que es “improcedente” cualquier tipo de infracción bajo el argumento de que ésta sólo distribuye el producto iPhone, cuyo registro sí lo posee en la categoría 9. Pero el IMPI rechazó la solicitud de la firma internacional para declarar la nulidad y caducidad del registro de iFone.

En el caso de las tres compañías de telefonía celular, el IMPI declaró procedentes las infracciones que estipula la normatividad y se les ordenó abstenerse de usar la palabra iPhone para ofrecer telecomunicación.



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