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Descartan que Congreso regule candidaturas independientes

Carina García| El Universal
23:06Miércoles 12 de febrero de 2014
Así lo decidió el Tribunal Electoral, luego de discutir los juicios para la protección de los derechos electorales de los ciudadanos, promovidos por el hijo de Maquío

La Sala Superior del Tribunal Electoral decidió esta noche no ordenar al Congreso de la Unión que regule las candidaturas independientes para hacer efectivo el derecho de ciudadanos sin partido a ser votados en las elecciones del 2015.

Los magistrados discutieron el caso al conocer dos juicios para la protección de los derechos político electorales de los ciudadanos promovido por el ex diputado y ex militante del PAN, Manuel Jesús Clouthier Carrillo, hijo del ex abanderado presidencial panista Manuel J Clouthier Maquío.

La decisión fue dividida: 4 votos en contra y 3 a favor, y motivó un debate de casi cuatro horas. Al final se rechazó ordenar al Congreso al legislar entorno a las postulaciones ciudadanas y se sobreseyeron los juicios.

Tres juzgadores: el magistrado Salvador Nava -ponente en este caso- y los magistrados María del Carmen Alanís y Constancio Carrasco, se pronunciaron porque sí se debía ordenar que se regule esa modalidad de candidatos sin partido, incluida en el artículo 35 de la Constitución desde 2011.

Según esa reforma política, que también incluyó la consulta popular, el plazo para expedir las reformas reglamentarias era agosto de 2012, lo que no se cumplió.

"¿Hay valores constitucionales en juego que ya se están afectando? Si, los principios de certeza, de equidad y de legalidad frente a los comicios. ¿Hay una afectación a derechos humanos? La hay. Y ¿Cuál es esa afectación? Al derecho político electoral a ser votado", expuso Carrasco Daza.

Recordó el precedente del ex canciller Jorge Castañeda, por cuyo caso la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado mexicano que desarrollara las candidaturas ciudadanas en su marco jurídico, el Congreso las incluyó en la Constitución y "ahora debe dar garantías para su eficaz ejercicio" con leyes secundarias.

Consideró que si bien el decreto de la reforma político electoral aprobada en diciembre pasado, promulgado el lunes y que entró en vigor ayer martes, marca que el Congreso debe expedir las normas reglamentarias en esa materia -como en otras- a más tardar el 30 de abril-, previamente ya había ordenado a regular el tema en el lapso de un año.

Ahora no es que se dé nuevo plazo, expuso Carrasco Daza, sino que se ordena regular aspectos particulares de los partidos y candidatos para la elección del 2015, como lo son prerrogativas, fiscalización, acceso a radio y televisión "sin dejar de lado a los candidatos independientes y para eso le exige el 30 de abril".

La magistrada Alanís Figueroa también votó a favor del proyecto pues consideró que no es necesario, para que se afecten los derechos de los ciudadanos, que empiece formalmente el proceso ni tiempos de registro de candidaturas.

A su juicio el nuevo plazo del 30 de abril no se refiere a las candidaturas independientes, por lo que sigue vigente el plazo incumplido de agosto del 2012, de ahí que el Congreso es omiso y debe legislar.

Sin embargo, previamente en la discusión el magistrado Flavio Galván Rivera estableció que "si bien es cierto que a la fecha de presentación de las demandas (de Clouthier) el Congreso había incurrido en omisión legislativa, ésta ha dejado de existir (...) concediendo un nuevo plazo a partir de la vigencia de este nuevo decreto".

La omisión en que estaba el Congreso se ha "desvanecido", dijo, aunque a su parecer el demandante si cuenta con legitimación jurídica para impugnar, "por supuesto que tiene interés jurídico, (pues) tiene derecho a ser votado" y no puede alegarse que debe impugnar hasta el momento en que quiera registrar su candidatura, en 2015, pues en ese caso se le dirá que ya no pueden cambiarse las leyes electorales porque los comicios están en curso.

También en contra de ordenar al Congreso a regular en la materia se manifestaron el magistrado presidente, Alejandro Luna Ramos y los magistrados Manuel González Oropeza y Pedro Esteban Penagos, para quienes el quejoso no tiene, aún, interés jurídico en el caso.

Centraron sus argumentos en que dado que aún no hay proceso electoral, ni candidatos, Clouthier no puede alegar un derecho afectado, aunque en sus juicios se ostentó como "aspirante a solicitar el registro ante el Consejo Distrital 05 Federal, en Sinaloa, para participar como candidato independiente al cargo de diputado federal en ese estado para el proceso electoral próximo".

Luna Ramos coincidió en que hay nuevo plazo para que se regulen las postulaciones sin partido, pero rechazó que el impugnante pueda desde ahora alegar la afectación a un derecho.

"No se puede decir: como yo quiero ser candidato, y ya hasta dije de dónde, entonces ya tengo interés jurídico". Consideró que no está en tiempo para alegar eso " ¿Cuál derecho se le va a tutelar? En mi opinión no tiene interés jurídico".

El magistrado González Oropeza expuso "todavía no nace el derecho a ser votado....no hay en mi opinión un derecho afectado, Don Manuel no representa a la ciudadanía, quiere ser candidato".

Para el juzgador Penagos López el TEPJF puede resolver, como lo marca el artículo 99 de la Constitución, sobre la inconstitucionalidad de leyes en el caso de su aplicación, o por omisión legislativa cuando los partidos promueven juicio, pero Clouthier es un ciudadano y no existe certeza de que se registre como candidato.

Podrá alegar "cando se abra el periodo de registro de candidatos, no 6 meses antes" y lo que se argumenta es una afectación "a futuro, incierta", planteó.

rcr

 



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