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SAT debe difundir a quién condonó créditos fiscales

Alberto Morales | El Universal
12:44Ciudad de México | Martes 29 de octubre de 2013
Ordena el IFAI al Servicio de Administración Tributaria dar conocer el nombre de las empresas, el monto y la fecha a las que condonó créditos fiscales en los últimos seis años por concepto de deudas y atrasos en el pago de impuestos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá dar conocer el nombre de las empresas, el monto y la fecha a las que condonó créditos fiscales en los últimos seis años por concepto de deudas y atrasos en el pago de impuestos.

Ello tras una resolución del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), en un nuevo caso contra el SAT, debido a que en 2007 el órgano garante también le ordenó dar informar sobre las empresas que fueron beneficiadas con la condonación de 73 mil 960 millones de pesos por créditos fiscales.

La información no ha sido entregada por parte del SAT debido a que el caso escaló a la esfera judicial.

En este nuevo caso, en respuesta a una nueva solicitud de información, el SAT dijo que la información estaba reservada por 12 años porque se trata de datos de contribuyentes protegidos por el secreto fiscal.

Empero, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el IFAI, turnado a la ponencia de la comisionada María Elena Pérez-Jaén, mediante el cual manifestó que requiere conocer cuánto dinero dejó de ingresar a la hacienda pública por esas condonaciones.

Para resolver el recurso la comisionada Pérez-Jaén realizó  una audiencia en la que tuvo acceso a la documentación clasificada que da cuenta de las acciones efectuadas por el SAT para la determinación del crédito fiscal y su condonación.

Tras un ejercicio de ponderación de derechos, entre el derecho al acceso a la información y el secreto fiscal, la comisionada Pérez-Jaén determinó que la reserva invocada por el SAT era improcedente.

Ello, al argumentar que la condonación es un gasto fiscal que comprende los montos que deja de recaudar el Estado, por lo que constituye una transferencia de recursos públicos en sentido negativo.

"Pero también es un beneficio a favor del contribuyente, que implica un gasto público y que como tal debe reportarse", dijo el IFAI en un comunicado.

Para su ponencia la decisión de condonar un crédito fiscal no involucra sólo al SAT y a la persona que se le perdona el adeudo, sino a toda la sociedad, en tanto que por disposición constitucional todos los mexicanos están obligados a contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa.

"La difusión de la información solicitada es uno de los mecanismos para que la sociedad evalúe si el SAT está cumpliendo correctamente con su atribución de recaudar eficientemente y evitar la evasión y elusión fiscal".

Pérez-Jaén afirmó que es de interés público conocer cómo se dieron esas condonaciones, y los beneficiarios de un gasto fiscal que el Estado dejó de percibir, en razón de que afecta a la sociedad en general y, particularmente, a los contribuyentes a quienes no se les otorgó dicho beneficio.

Recordó que existe una sentencia dictada por la Juez Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región al resolver un juicio de amparo, en la que determinó que el secreto fiscal no protege la información que tiene que ver con la cancelación de créditos fiscales.

"Porque estos son necesarias contribuciones que deja de percibir el Estado y que debería de percibirlas. De allí que estos datos no estén protegidos por el secreto fiscal, pues los gobernados están interesados en conocer a quiénes les cancelaron sus obligaciones tributarias".

 



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