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Pide PGR a la Corte revertir fallo de Caro

Silvia Otero| El Universal
04:15Sábado 24 de agosto de 2013
La PGR afirma que un Tribunal Unitario le notific sobre la libertad de Rafael Caro Quintero horas d

DENUNCIA. La PGR afirma que un Tribunal Unitario le notificó sobre la libertad de Rafael Caro Quintero horas después de que éste abandonó el penal en Jalisco. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )

El fallo del Tribunal Colegiado que permitió la libertad de Rafael Caro Quintero será revisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tras el recurso de revisión que el jueves pasado interpuso la PGR contra la sentencia que concedió el amparo al narcotraficante

silvia.otero@eluniversal.com.mx 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación revisará el fallo del Tribunal Colegiado que permitió la libertad de Rafael Caro Quintero, luego de que la Procuraduría General de la República interpuso el pasado jueves un recurso de revisión en contra de la sentencia que concedió el amparo al narcotraficante acusado del asesinato del agente antidrogas de Estados Unidos (DEA), Enrique Camarena Salazar, en 1985.

Adicionalmente, la PGR anunció que prepara acciones legales en contra de funcionarios de un Tribunal Unitario , pues asegura que tiene pruebas de que el Ministerio Público Federal fue notificado de la resolución horas después de que de Caro Quintero fue liberado.

“La PGR considera que es insostenible la decisión del Tribunal Colegiado por los absurdos e ilógicos razonamientos de los magistrados José Félix Dávalos Dávalos, Lucio Lira Martínez y Rosa Lía Isabel Moreno, que determinaron que un juez federal no se encontraba facultado para juzgar a Caro Quintero y como consecuencia, un Tribunal Unitario ordenó su inmediata libertad”, expuso la dependencia

El falló fue dictado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en Jalisco.

“En la resolución impugnada por la PGR, el Tribunal Colegiado refirió que los delitos de privación ilegal de la libertad y homicidio cometidos contra Camarena Salazar (de la DEA) y del piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar, no eran competencia de un juez federal”.

Lo anterior, “dado que, aun cuando estaba demostrado que Camarena Salazar era agente diplomático del gobierno estadounidense debidamente acreditado en México, los delitos que le quitaron la vida, no se habían cometido con motivo del ejercicio de sus funciones como miembro de una misión diplomática” y es con base en estos infundados argumentos, que el Colegiado decidió liberar a Caro Quintero.

En el caso de Zavala Avelar, los magistrados del Tribunal Colegiado le negaron la calidad de servidor público federal ya el móvil del homicidio no estaba relacionado con las funciones de piloto de la entonces Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, interpretación que no encuentra sustento en ley alguna.

Según la PGR en su recurso de revisión, impugnó además la decisión del Tribunal Colegiado que ordenó la liberación inmediata de Caro Quintero, ya que conforme a los más recientes criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en todo caso, los magistrados debieron haber ordenado la remisión del expediente penal al juez estatal que el Tribunal Colegiado consideró competente.

La PGR informó además que ante el mismo Tribunal Colegiado está pendiente de resolución un amparo directo promovido por Ernesto Rafael Fonseca Carrillo, quien es coacusado de los mismos delitos que Caro Quintero.

Por ello, la PGR consideró necesario que a fin de evitar que los mismos magistrados sean quienes resuelvan este amparo utilizando idénticos argumentos por los que liberaron a Caro Quintero, ayer se solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que atraiga el caso, a fin de que sea analizado de manera conjunta con el recurso de revisión promovido.



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