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Desecha la Corte 4 amparos que solicitaron profesores

Silvia Otero| El Universal
Jueves 15 de agosto de 2013

silvia.otero@eluniversal.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no encontró elementos para atraer los amparos colectivos interpuestos contra la reforma educativa, por lo que desecharon cuatro de los recursos presentados en marzo pasado, con los que se pretendían revertir los cambios constitucionales que se realizaron para devolver la educación a la rectoría del Estado.

El fallo implicaría que entre los miles de amparos solicitados por maestros que estén bajo el mismo supuesto podrían también ser rechazados, aunque hasta el momento no existe una estimación en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) sobre cuántos de los más de 500 recursos colectivos promovidos por integrantes del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), serán impactados en el mismo sentido por esta resolución.

Los ministros de la Segunda Sala del Alto Tribunal del país por unanimidad consideraron que no existe un tema de constitucionalidad que justifique conceder la protección a los maestros quejosos.

En su resolución recordaron que el artículo 61 de la Ley de Amparo no permite promover este recurso contra reformas constitucionales, como ya lo habían determinado los jueces de Distrito que conocieron en primera instancia de estos amparos y los habían negado, por lo que al final la Corte sólo confirmó su improcedencia.

De hecho, ya existe jurisprudencia de la SCJN que establece que los preceptos de la Constitución Política no pueden ser combatidos mediante amparo, ya que las normas que componen la Carta Magna “constituyen la fuente de todo ordenamiento jurídico y deben considerarse como mandatos inmunes a cualquier tipo de control jurisdiccional”.

Como se recodará, en marzo pasado miles de maestros presentaron amparos colectivos contra la reforma educativa, que fueron recibidos por los Juzgados Tercero, Sexto y Séptimo de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, aunque sólo se admitieron a trámite los que se presentaron antes del 3 de abril.

En junio pasado estos juzgados ya habían rechazado los amparos interpuestos contra la reforma que incluye la creación del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y establece las reglas al servicio docente y la promoción a cargos.

Los expedientes llegaron a la SCJN, donde ayer los ministros de la Segunda Sala determinaron desechar cuatro de los amparos colectivos, dejando en claro cuál será el criterio que se aplicará en todos los casos que sean similares, al establecer que la reforma educativa, promulgada en febrero de este año, no puede ser impugnada mediante un juicio de garantías. Por ello, los expedientes fueron devueltos al tribunal de origen.



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