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SCT: sin base legal, revertir licitación 21

Angelina Mejía Guerrero| El Universal
Lunes 20 de diciembre de 2010
SCT: sin base legal, revertir licitacin 21

. (Foto: EL UNIVERSAL )

Molinar Horcasitas disiente de punto de acuerdo de diputados

angelina@eluniversal.com.mx

El secretario de Comunicaciones y Transportes, Juan Francisco Molinar Horcasitas, dijo que no hay razonamiento lógico-jurídico para atender el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, en el que se exhorta a esta dependencia a revertir la licitación 21 del espectro y a revocar el título de concesión otorgado a NII Digital.

Indicó que la disolución del consorcio Nextel-Televisa, que fue posterior a la entrega de la concesión, no contravino lo dispuesto en las bases del concurso, así como tampoco lo dispuesto en su título.

En un documento enviado al diputado Javier Corral, el funcionario refutó los cuestionamientos del legislador en el sentido de que se debió excluir la participación de los concesionarios de radiodifusión en esta licitación, como Televisa, debido a que en ninguna disposición legal se prevé la prohibición de invertir en esta industria sólo por se prestador de servicios de radio o televisión.

“Tal exclusión carece de sentido y es contrario a las reglas de una sana y libre competencia en la que cualquier agente económico pueda concurrir a competir en un mercado en el que estime viabilidad de negocio”, sostuvo el funcionario.

Respecto a que en las bases de licitación se pudo haber establecido una regla de igualación de precio a la reserva del espectro para nuevos entrantes, Molinar dijo que esto carece de todo sustento jurídico en la legislación mexicana.

“Esta regla es conveniente para segmentos en licitación pertenecientes a la misma banda del espectro radioeléctrico idénticas, pero resulta ineficiente económicamente para determinar la selección de un ganador cuando se compara con segmentos pertenecientes a distintas bandas de frecuencias”, enfatizó.

Para sustentar su argumentación, el titular de la SCT, dijo que el costo de invertir y operar una red de telecomunicaciones en la banda de 1.7 GHz es diferente al de la banda 1.9 GHz, pues la primera no está plenamente desarrollada, a diferencia de la otra.

Sin embargo, la igualación de precios ha sido solicitada por empresas como Telcel, para el caso de la banda de 1.7 GHz, entre el bloque de 30 MHz que se adjudicó NII Digital y los que fueron concesionados a este operador y a Telefónica.

Molinar afirmó que las diferencias entre lo pagado por otros concesionarios por la misma cantidad y características de espectro atiende a un principio de igualdad, ya que como resolvió la Suprema Corte de Justicia, las licitaciones de espectro no pueden basarse sólo en el criterio económico.

El funcionario detalló que la razón de que la Comisión Federal de Competencia (CFC) haya fijado topes de acumulación de espectro en 80 MHz, obedece a la intención de que entrara un nuevo operador y que éste pudiera realizar una inversión sustancial en infraestructura para iniciar operaciones de manera viable y pronta.

 



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