Marca 1982 el nacimiento del `Mexdólar`
A fin de responder a la necesidad de competir atractivamente con depósitos de corto plazo en el extranjero, el gobierno mexicano a principios de la década de los 80, autorizó instrumentos en moneda extranjera a plazos de tres, seis, 12 y 24 meses, según el informe anual del Banco de México correspondiente a 1982. El documento explica que otros instrumentos fueron autorizados para sociedades mercantiles y a plazo de dos a seis días y de 14 a 29, con montos mínimos de 10 mil dólares por operación. Detalla que la tasa de interés se fijaría libremente y, para efecto de remuneración de canje, se tomaría el promedio ponderado de las tasas pagadas, con un máximo determinado por la tasa libor a tres, siete y 14 días. Por otra parte y debido al alto nivel de dolarización de la economía mexicana se implementaron depósitos en cuentas de ahorro en dólares y cuentas de cheques en la misma divisa. Justificaría el banco central la medida diciendo que "el menor ritmo de crecimiento de la actividad económica, los altos índices de inflación, los elevados coeficientes de dolarización del ahorro en los primeros meses del año, la imposibilidad de complementar en la medida deseada el ahorro interno con recursos provenientes del exterior y las modificaciones sustanciales en la paridad del peso frente al dólar, impidieron que la estructura financiera tuviese la debida flexibilidad, dificultaron el incremento de la eficiencia operativa del sistema bancario y entorpecieron el control adecuado de las variables financieras". Para el 18 de agosto de 1982 en el ánimo de diferenciar las operaciones en moneda extranjera se crea la figura del "Mexdólar" y con ello se autorizan los depósitos retirables en días preestablecidos para personas físicas, con tasa de interés libre y retirable cada dos días a la semana; un día a la semana, dos días al mes y un día al mes, eliminando además el requisito de importe mínimo. Empero, el 1 de septiembre de 1982 se decreta la nacionalización de la banca, el control generalizado en el tipo de cambios y, con ello, el fin de las cuentas en dólares, quedando prohibido la constitución de depósitos o el otorgamiento de créditos en moneda extranjera. Los "Mexdólares" pendientes de vencer no fueron renovados y se pagaron a 50 pesos por dólar, la conversión de las cuentas preestablecidas para cualquier instrumento.





