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Congreso aplica sanción económica a Duarte

Édgar Ávila Pérez / Corresponsal| El Universal
20:10Xalapa, Veracruz | Viernes 05 de septiembre de 2014
El TEPJF sancionó con 500 días de salario mínimo al mandatario veracruzano y al actual Secretario de Desarrollo Social, Jorge Carvallo Delfín, por haber violado la ley electoral en el año 2012

Por ordenes y a petición del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y del Instituto Nacional Electoral, el Congreso del Estado impuso una multa económica al gobernador Javier Duarte de Ochoa y a uno de sus secretarios por haber violado la ley electoral en el año 2012.

La Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado determinó sancionar con 500 días de salario mínimo al mandatario veracruzano y al actual Secretario de Desarrollo Social, Jorge Carvallo Delfín, quienes violaron la ley por haber asistido en 2012 a un evento del entones candidato del PRI a la presidencia en día y horario laboral.

En tanto, dicho órgano legislativo cuyo titular es un diputado del PRI, determinó que los expedientes en contra de los entonces funcionarios estatales, Gabriel Deantes Ramos y Francisco Javier Muñoz Ruiz, quienes ya no ocupan cargos públicos, sea turnado a la Contraloría General del Estado.

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al Congreso del Estado aplicar una sanción al Gobernador y a varios de sus colaboradores por haber violado la ley electoral en el 2012.

Por órdenes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el órgano electoral también demandó al Congreso sancionar a los entonces funcionarios Gabriel Deantes Ramos y Jorge Alejandro Carballo Delfín.

Y es que el tribunal determinó que tanto el mandatario como sus funcionarios violaron la ley electoral al haber acudido el 4 de abril del 2012 en un día hábil a una comida con el entonces candidato presidencial Enrique Peña Nieto, en la cual se pidió el voto a favor del PRI y su abanderado.

La sanción se aplicó a pesar que los servidores públicos argumentaron que habían acudido al evento partidista con una solicitud de permiso para ausentarse de sus labores sin goce de salario.

El tribunal consideró que ese hecho constituyó "una conducta contraria al principio de imparcialidad equivalente a un uso indebido de recursos públicos", ya que con ello tales funcionarios generaron una situación de influencia indebida.

Los magistrados determinaron que la mera solicitud de licencia sin goce de sueldo, permiso u otra equiparable para realizar actividades de naturaleza privada, es insuficiente para generar una excepción a la regla general de que los funcionarios públicos no deben asistir en días hábiles a actos de proselitismo político-electoral.

De permitirse a los funcionarios acudir a eventos partidistas bajo la excusa que piden permiso sin goce de salario, determinaron, podría configurarse un fraude a la ley.

El INE se vio obligado a pedir al Congreso del Estado, con mayoría priista, que sancione al gobernador priista y a sus funcionarios priistas.

En respuesta, durante reunión de trabajo de la Junta de Coordinación Política del Congreso se analizó que la Ley Orgánica del Poder Legislativo ni el Reglamento Interior, ni las Constituciones federal y local no otorgan atribuciones sancionadoras al Congreso del Estado, por lo que todo quedará en una sanción económica.

De tal forma que ambos funcionarios estatales deberán entregar el dinero de la sanción a la Secretaría de Finanzas y Planeación.



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