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Succar Kuri no dejará la cárcel

Silvia Otero y Adriana Varillas / Reportera y corresponsal| El Universal
Viernes 28 de marzo de 2014
Succar Kuri no dejar la crcel

REFUNDIDO. El empresario Jean Succar recibió una condena de 112 años de prisión . (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )

La sentencia, firme pese a falla técnica

Un Tribunal Colegiado concedió un amparo a Jean Succar Kuri, ante una falla técnica en la sentencia emitida en su contra en la que se le impusieron 112 años de prisión por su responsabilidad en delitos de pornografia infantil y corrupción de menores; la medida no implica su libertad, ya que la resolución sólo ordena subsanar el error, mas no se modifican los términos de la condena.

La defensa del empresario, que purga su condena en una cárcel de Quintana Roo, promovió el recurso dado que advirtió que en la sentencia que se emitió el 30 de agosto de 2011, si bien se hace constar el nombre y apellido del juzgador que emitió condena, no se cumplió con ese requisito por parte del secretario de acuerdos que autorizó y dio fe de dicha resolución.

Aunque los representantes legales de Succar Kuri pretendían que ese error técnico invalidara en su totalidad la sentencia, el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo, al resolver el amparo directo 216/2013 determinó que no se modifica la sentencia y sólo se debe corregir la falla.

En el amparo se ordenó al Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, también con residencia en Cancún, “subsanar la ausencia de la firma del secretario de acuerdos, emitiendo una nueva resolución que la contenga, como se establece en el numeral 98 del Código Federal de Procedimientos Penales, así como el artículo 16 Constitucional”.

El Tribunal cuenta con 15 días hábiles para emitir la nueva sentencia, con el único objetivo de que se precise en ella el nombre y apellido “tanto del magistrado que emita la sentencia como del secretario que la autorice y dé fe, además de constar la firma autógrafa de cada uno de ellos”.

Al respecto, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) precisó que el amparo concedido a Succar tiene “el único efecto de que el Tribunal Unitario emisor de la sentencia subsane la falta de la firma del secretario de acuerdos en dicha resolución, como lo establecen el Código Federal de Procedimientos Penales y la Constitución federal, lo que no implica su libertad”.

Autoridades del CJF explicaron que si bien el empresario tiene una condena de 112 años de cárcel, de acuerdo con el artículo 25 párrafo 1 del Código Penal, las penas corporales no pueden rebasar los 70 años de cárcel, por lo que así se manejó en el comunicado.

La periodista Lydia Cacho Ribeiro, quien ha dado seguimiento al caso desde su origen y ha mantenido desde entonces su apoyo a las víctimas, subrayó que es “urgente” que el magistrado del Tribunal Unitario, José Ángel Máttar Oliva, explique lo ocurrido y los alcances de la resolución.



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