Define el IEDF topes para financiamiento

SESIÓN. El IEDF definió ayer los límites en aportaciones de financiamiento privado, autofinanciamiento, fondos y rendimientos financieros para partidos en 2015. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )
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El Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) definió los límites en las aportaciones de financiamiento privado, autofinanciamiento, fondos y rendimientos financieros que podrán recibir los partidos políticos durante el ejercicio de 2015.
En financiamiento privado, la cantidad tope anual es de 16 millones 606 mil 408.04 pesos, equivalente a 15% del monto otorgado al instituto político que mayor financiamiento público obtuvo en 2015, se trata del Partido de la Revolución Democrática, para el que se destinaron 110 millones 709 mil 586.94 pesos.
Las aportaciones podrán ser entregadas a los institutos políticos a través de militantes, simpatizantes y candidatos. Dentro del límite anual total de financiamiento privado durante 2015, para el caso de las aportaciones de militantes, el monto líquido que los partidos políticos pueden obtener será equivalente a 2% del financiamiento público otorgado a la totalidad de los partidos políticos para sus actividades ordinarias, esto es equivalente a siete millones 328 mil 39.87 pesos.
En el tema de aportaciones de candidatos y simpatizantes para las campañas, el Instituto Electoral del DF aprobó que el límite será equivalente a 10% del tope de gastos para la elección inmediata anterior de jefe de Gobierno, en 2012, que fue de 27 millones 876 mil pesos. A este respecto, candidatos y simpatizantes podrán entregar, cada uno, hasta dos millones 787 mil 600.06 pesos.
Dichas aportaciones económicas podrán realizarse en parcialidades y en cualquier tiempo, pero los montos no podrán rebasar los límites establecidos en la fracción III del artículo 263 del Código Electoral del Distrito Federal.
En cuanto a los bienes inmuebles que cada partido político podrá recibir para el ejercicio electoral, el tope anual quedó definido en 7%; mientras que en bienes muebles, consumibles y servicios, el límite es equivale a 3%, ambas para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes.
De acuerdo con el planteamiento del Instituto Electoral del Distrito Federal la suma del financiamiento privado de los partidos políticos no podrá ser superior al público para la realización de sus actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y sus gastos de campaña.
En un plazo no mayor a 15 días hábiles contando a partir de la entrada en vigor del acuerdo, los partidos políticos deberán informar a la Secretaría Ejecutiva los montos de las aportaciones de sus adherentes, así como las cuotas voluntarias y personales que deberán indicarse al registrar la candidatura correspondiente. En este presupuesto se contemplan tanto los gastos de campaña como los de meses posteriores a las elecciones.





