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Ley federal restringe obras en monumentos históricos

Abida Ventura| El Universal
Viernes 07 de marzo de 2014

abida.ventura@eluniversal.com.mx

De acuerdo con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos de 1972, cualquier intervención en algún inmueble o área ubicada dentro de una zona de monumentos históricos, tendrá que ser avalada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), que es la instancia encargada de la protección de los edificios históricos costruídos entre el siglo XVI y XIX.

A través de su Coordinación Nacional de Monumentos Históricos, el INAH se encarga de otorgar licencias y permisos para la rehabilitación, restauración o modificación de los inmuebles ubicados en zonas declaradas monumentos históricos.

Esa dependencia también tiene la facultad de supervisar todo tipo de obras y adecuaciones que se llevan a cabo en zonas e inmuebles históricos. En caso de que exista alguna irregularidad, el personal del INAH procede a suspender la obra con la colocación de sellos.

En todo el país existen 59 zonas declaradas como monumentos históricos, por reunir características de valor excepcional, por ejemplo, que cuenten con varios edificios o espacios históricos.

En la Ciudad de México se consideran Zonas de Monumentos Históricos el perímetro A y B del Centro Histórico; el centro histórico de Tlalpan y Coyoacán, así como el barrio de San Ángel.



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