GDF interpuso dos juicios de lesividad por Norma 26
Durante la presente administración, el Gobierno del Distrito
Federal (GDF) ha interpuesto dos demandas de lesividad por la incorrecta
aplicación de la Norma 26, y elabora una demanda más.
Esto lo realizó la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda (Seduvi), a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos,
quien explicó que dicha Norma establece "incentivar la producción de vivienda
sustentable, de interés social y popular".
En este sentido el director general de Asuntos Jurídicos de
Seduvi, José Guadalupe Medina Romero, detalló que la primera demanda de
lesividad corresponde a un predio ubicado en Coatzintla 9, en la colonia San
Jerónimo Aculco.
Agregó, en un comunicado, que la segunda demanda es por un
predio ubicado en el número 176 de la calle La Presa, en la colonia San
Jerónimo Lídice, ambos en la delegación Magdalena Contreras.
Manifestó que estos juicios se interpusieron ante la segunda
y quinta Salas del Tribunal de lo Contencioso y Administrativo del Distrito
Federal, y se encuentran en la etapa de admisión de pruebas.
Abundó que el juicio de lesividad es el medio legal que
tienen las autoridades administrativas para revertir una resolución emitida por
ellas a favor de un particular, cuando se considere contraria a la ley y
provoque un perjuicio al Estado.
De la misma manera informó que se elabora otra demanda de
lesividad por el predio Playa Langosta s/n, manzana 39, lote 7, delegación
Iztacalco, con Certificado de Zonificación de Uso del Suelo folio
13044-181SABE12.
Aclaró que, en caso de prosperar los dos juicios de
lesividad, tanto el Certificado Único de Uso de Suelo, como los trámites
realizados bajo el amparo de esos documentos, no surtirían efecto alguno.
De esta manera recordó que la Norma General de Ordenación 26
surge de la crisis financiera de 1994, para "impulsar y facilitar la
construcción de vivienda de interés social y popular en suelo urbano".
Finalmente enfatizó que los principios básicos de dicha
norma son el de contemplar los criterios mínimos de habitabilidad que garantice
la construcción de vivienda digna y adecuada, procurando lograr viviendas de 65
metros cuadrados mínimos, entre otros.
dm