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Militares acusados de narco o robo irán a fuero civil: Corte

María de la Luz González| El Universal
Miércoles 15 de agosto de 2012
Militares acusados de narco o robo irn a fuero civil: Corte

FUERO DE GUERRA. "El sujeto pasivo no son las víctimas civiles, aunque la conducta de los militares sí trataba y tenía la intención de afectar a los civiles" Arturo Zaldívar, ministro. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió ayer una resolución que fija un nuevo límite al fuero militar

luz.gonzalez@eluniversal.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó un nuevo límite al fuero de guerra, al establecer que los delitos cometidos por militares que no afecten bienes jurídicos de la esfera castrense deben ser juzgados por tribunales ordinarios, aunque no haya civiles involucrados.

Por ocho votos contra dos, el pleno decidió que un juez federal debe procesar a tres militares que en 2011 “sembraron” mariguana en un vehículo para inculpar a un civil por delitos contra la salud, y fueron acusados de falsear declaraciones en la modalidad de simulación de pruebas.

El criterio será relevante para resolver un grupo de amparos en contra de militares acusados por delitos que no pertenecen al ámbito estricto de la disciplina militar, como delincuencia organizada, narcotráfico, homicidio calificado y robo; y en los que tampoco hay violaciones a derechos humanos de civiles.

En el debate de ayer, varios ministros plantearon la necesidad de un concepto más amplio de víctimas o civiles afectados en delitos cometidos por militares, del que fijó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Rosendo Radilla como requisito para que el caso sea competencia de los tribunales ordinarios.

El planteamiento, que hicieron los ministros Arturo Zaldívar, José Ramón Cossío, Luis María Aguilar y Jorge Mario Pardo, entre otros, derivó de que, en la indagatoria iniciada a los militares no hay civiles directamente involucrados, aunque sí fueron afectados de manera indirecta.

“El tema de la afectación o no a las víctimas civiles es discutible, es opinable, porque, por un lado, los delitos específicos, el sujeto pasivo no son las víctimas civiles, aunque la conducta previa de los militares que dio lugar a la comisión del delito, sí trataba y tenía la intención de afectar a los civiles de alguna manera fabricando un delito para perjudicarlos”, sostuvo Zaldívar.

“Para mí, es suficiente el hecho de que existe una víctima civil para considerar que se vulneran sus derechos humanos ya que se afecta el acceso a la justicia y el derecho a un juez competente. Es la existencia de la víctima lo que determina la vulneración de los derechos y no la vulneración de los derechos lo que determina si hay víctima o no”, planteó Cossío.

El ministro presidente, Juan Silva Meza, reconoció que el criterio de que los delitos de militares en contra de civiles serán competencia de los tribunales ordinarios (aprobado la semana pasada), no es suficiente para resolver todos los casos de límites al fuero de guerra en que no existen víctimas civiles afectadas directamente por la conducta delictiva.

Por ello, consideró que para delimitar el alcance de la jurisdicción militar en este caso, no era necesario identificar un sujeto pasivo, sino únicamente determinar si el delito cometido pertenece o no al orden común, pues de lo contrario, el fuero castrense prevalecería como “ un privilegio por estatuto personal que rompe con el principio de igualdad formal y material”.

“En paralelo se considera que si la justicia militar asume competencias sobre un asunto que corresponde al juez civil, se afecta el derecho al juez natural que presupone la prohibición de crear tribunales especiales para juzgar los actos punibles, sin atender a la naturaleza del acto ni al tipo de persona que lo cometa”, afirmó el ministro.

Lo que está en juego en estos asuntos es la validez del artículo 57 del Código de Justicia Militar, que extiende el fuero de guerra a todos los delitos cometidos por militares, sean del orden común o federal, defendido por los ministros Salvador Aguirre y Margarita Luna Ramos en los dos asuntos resueltos hasta ahora.



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