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Marina deberá revelar nombres de navales condenados

La Semar se había declarado incompetente para comunicar nombres de personal sentenciado; el IFAI revoca y advierte que debe contar con la información
Ciudad de México | Miércoles 03 de agosto de 2011 Lilia Saúl Rodríguez | El Universal21:46
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Con el voto disidente de la comisionada Sigrid Artz, el resto de los comisionados del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) revocó la incompetencia de la Secretaría de Marina (Semar) para conocer y entregar los nombres y cargos de navales condenados por la comisión de algún delito penal, en el ejercicio de sus funciones.

Al presentar una solicitud de información a la Secretaría de Marina, para conocer de 2006 a 2011 el nombre y cargo de los servidores públicos procesados por ese motivo, en su respuesta, la dependencia se declaró incompetente para conocer de la información y orientó al particular para que presentara su requerimiento ante la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

En alegatos, la Semar reiteró su incompetencia para llevar el control de los navales procesados y sentenciados por la comisión de algún delito en el ejercicio de sus funciones, toda vez que la Sedena sólo le notifica los puntos resolutivos del auto de plazo constitucional que se dicta en contra del personal naval.

La dependencia aseguró que en el momento en que se inicia un proceso en materia de fuero común o federal, a algún elemento de la Armada de México, éste causa baja del servicio activo, por lo que no se controla su situación de procesado ni sentenciado.

Sin embargo, Jacqueline Peschard advirtió que la Semar sí debe contar con la información solicitada, por lo que es competente para conocer de la misma.

Los comisionados discutieron si era procedente o no la publicidad de los nombres de los elementos que hayan sido procesados por la comisión de algún delito penal, en tres ejes: personal naval sujeto a proceso o que haya sido sentenciado, y cuya resolución no sea irrevocable; personal naval con sentencia irrevocable condenatoria, y personal naval con sentencia irrevocable absolutoria.

En el primer caso, se estableció que no está claramente definida la situación jurídica por lo que dar a conocer el nombre de un miembro cuya culpabilidad no es definitiva, perjudicaría su derecho de presunción de inocencia, afectando su honor e intimidad.

Respecto al personal naval con sentencia irrevocable condenatoria, la ponencia resolvió que al haber sido servidor público, es imprescindible que los gobernados identifiquen quiénes cometieron algún delito con motivo del ejercicio de su encargo.

Respecto al personal naval con sentencia irrevocable absolutoria, el Pleno aprobó la propuesta de la comisionada María Marván, de dar a conocer su nombre, previo consentimiento del naval.

Por lo anterior, el IFAI aprobó por mayoría revocar la incompetencia de la Semar y ordenar la entrega de los nombres y cargos del personal naval con sentencia irrevocable condenatoria. La comisionada Sigrid Arzt emitió un voto disidente, al no estar de acuerdo en que se hagan públicos los nombres de los navales, en ningún caso.

ml/rcr



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