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En el limbo, la relación laboral de electricistas

Las autoridades de la Junta de Conciliación y Arbitraje no pueden emitir ningún laudo sobre el fin de las relaciones laborales entre la empresa y los trabajadores hasta resolverse si fue legal o no la acción del Ejecutivo Federal

EXPECTATIVA Los ex trabajadores esperaron la resolución frente al Palacio Superior de Justicia Federal. (Foto: LUCÍA GODÍNEZ )

Sábado 07 de noviembre de 2009 Julián Sánchez y Francisco Gómez | El Universal
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politica@eluniversal.com.mx

La jueza federal, Guillermina Coutiño Mata, encargada de resolver el amparo del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) contra el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro (LyFC), determinó que las autoridades de la Junta de Conciliación y Arbitraje no pueden emitir ningún laudo sobre el fin de las relaciones laborales entre la empresa y los trabajadores hasta resolverse si fue legal o no la acción del Ejecutivo Federal.

Al respecto, el secretario del Trabajo, Javier Lozano, confirmó que el juzgado primero del Centro auxiliar de la Primera Región otorgó las suspensión definitiva de amparo contra el decreto de la extinción.

Lozano consideró que la resolución emitida no significa un revés para el gobierno federal, sino para quienes han confiado --dijo-- en el consejo de liderazgos o abogados que les han hecho creer que con un amparo van a revertir ese decreto.

En conferencia de prensa, el funcionario dijo que la resolución judicial no afecta el proceso de extinción de la empresa, sino que ordena a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje abstenerse de emitir un laudo o resolución de la conclusión laboral del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) con esa compañía, hasta que se desahogue de fondo el juicio de amparo.

En tal sentido, reiteró que se mantiene intacta la extinción de LyFC, que no afecta el proceso de indemnización y de compensación adicional que concluye el próximo 14 de noviembre.

“Aquellos trabajadores que se ampararon no podrán recibir su liquidación ni tampoco el bono adicional en tanto no concluya el proceso legal, pero aquellos que acudan a un centro de liquidación sí podrán hacerlo, siempre y cuando lo hagan antes de esa fecha y se desistan de toda acción legal”, dijo.

La resolución de la juez se produce en paralelo a la determinación del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, que desechó la queja promovida por autoridades federales en contra de la suspensión provisional del amparo otorgado al SME en su intención de revertir el decreto de extinción de LyFC.

Los abogados Carlos de Buen y Raúl Carrancá consideraron lo anterior como “un acto favorable” y del cual se derivó el otorgamiento de la jueza Coutiño Mata para la suspensión definitiva de amparo interpuesto contra el decreto referido.

El pasado 30 de octubre, la jueza dio entrada al amparo que presentó el sindic contra el decreto y la noche de ayer --luego de celebarse la audiencia incidental del amparo en cuestión-- emitió su veredicto de otorgar la suspensión definitiva dentro del juicio de amparo.

Los abogados del SME adelantaron que el criterio de la juez de distrito se sumaría al del Tribunal Colegiado y por lo tanto, era prácticamente seguro que se les notificaría sobre la concesión de la suspensión definitiva.

Carlos de Buen y Raúl Carrancá se mostraron optimistas al término de la audiencia incidental realizada en el Palacio de Justicia Federal, donde acudieron representantes del SME y del gobierno federal, mientras que los electricistas realizaban un mitin afuera de ese recinto en San Lázaro.

 

 



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