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Influenza La situación sigue siendo seria: Ssa

Destaca la Secretaría de Salud que las medidas aplicadas por el gobierno han permitido retardar la propagación del virus, pero la situación sigue siendo seria
Ciudad de México | Viernes 01 de mayo de 2009 JORGE RAMOS PÉREZ | El Universal12:42
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La Secretaría de Salud (SS) reconoció que a pesar de las medidas aplicadas para contener el avance de la influenza la situación sigue siendo seria.

Hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación mediante el cual se ordena la suspensión de labores en la Administración Pública Federal y en el sector productivo de todo el territorio nacional, durante el periodo que comprende del 1o. al 5 de mayo del presente año.

Ahí, en los considerandos, admite que "no obstante dichas medidas han permitido retardar la propagación del virus, la situación sigue siendo seria".

El acuerdo precisa lo siguiente:

Artículo Primero.- Se ordena la suspensión de labores en la Administración Pública Federal y en el sector productivo de todo el territorio nacional, durante el periodo que comprende del 1o. al 5 de mayo del presente año.

Artículo Segundo.- Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior, las labores que resulten indispensables para hacer frente de manera oportuna y eficaz a la situación de emergencia que vive el país.

Artículo Tercero.- Los titulares de las instituciones públicas federales deberán identificar las áreas que continuarán prestando los servicios que cotidianamente tienen a su cargo y que sean indispensables para afrontar la situación de emergencia, a fin de garantizar la suficiencia, oportunidad y continuidad en la prestación de servicios y provisión de bienes indispensables para la población.

Artículo Cuarto.- Las autoridades federales deberán garantizar la operación continua del transporte y, por lo tanto, seguirán funcionando los puertos, aeropuertos, carreteras y autopistas.

Artículo Quinto.- En el sector privado continuarán laborando las empresas, negocios, establecimientos mercantiles y todos aquéllos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, de manera enunciativa, hospitales, clínicas, farmacias, laboratorios, servicios médicos, financieros, telecomunicaciones, y medios de información, servicios hoteleros y de restaurantes, siempre y cuando no correspondan a espacios cerrados con aglomeraciones, gasolineras, mercados, supermercados, misceláneas, servicios de transportes y distribución de gas.

Artículo Sexto.- Se exhorta a todas las entidades federativas y municipios a que se sumen a las medidas a que se refiere el presente Acuerdo.

Artículo Séptimo.- Las relaciones laborales se mantendrán y aplicarán conforme a lo previsto en los contratos individuales, colectivos, contratos ley o condiciones generales de trabajo que correspondan, durante el plazo a que se refiere el presente Acuerdo y al amparo de la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.



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