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Propone CEN del PAN que Fox sea consejero nacional

Lilia Saúl| El Universal
13:20Ciudad de México | Sábado 26 de mayo de 2007
Las Reformas Estatutarias impulsan a que el ex presidente se convierta de facto en consejero nacional a partir del 3 de junio, fecha en que se prevé pudieran aprobarse dichas reformas

Las Reformas Estatutarias que propone el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN impulsan a que el ex presidente Vicente Fox se convierta de facto en un consejero nacional, que la dirigencia partidista elija los mejores lugares de candidatos a legisladores y que se lleve a cabo de manera directa la remoción de sus dirigencias locales, luego de que el Tribunal Electoral echara abajo varias decisiones tomadas por la dirigencia nacional que encabeza Manuel Espino Barrientos.

Las propuestas fueron elaboradas –luego de consultas, foros y propuestas presentadas por panistas-- por la Comisión de Reforma de Estatutos y por la Dirección General Jurídica, ambas instancias que responden al CEN del PAN y las cuales elaboraron un documento, cuya copia tiene EL UNIVERSAL y el cual será discutido en breve por los panistas.

Aunque la gran mayoría de las reformas tienen que ver con la elección de candidatos, hay reformas al artículo 44, por ejemplo, en la que precisa que se integrarán al Consejo Nacional los ex presidentes de la República, "siempre y cuando sean militantes del partido".

De aprobarse estas reformas, Vicente Fox Quesada se convertiría automáticamente en consejero nacional, a partir del 3 de junio, fecha en que se prevé se pudieran aprobar dichas reformas.

De acuerdo con el documento de las reformas estatutarias –cuya copia tiene EL UNIVERSAL— también se propone modificar el artículo 67, el cual permitiría que en ausencia del Presidente Nacional del PAN, el Secretario General ejerza la Presidencia misma del partido.

En este documento también se propone que los ex gobernadores formen parte de los Consejos Estatales, "siempre y cuando sean militantes del partido".

El documento, elaborado por las instancias del CEN, será presentado ante la Asamblea Nacional para su posible aprobación.

Las reformas se pretendían aprobar en el pasado Consejo Nacional Extraordinario, pero debido a la falta de quórum –la cual se dio porque panistas afines al presidente Felipe Calderón Hinojosa manifestaron su inconformidad ante los cambios—no se aprobó el documento y será en una sesión extraordinaria del CEN cuando se aprueben y más tarde, se presentará el documento ante los más de 12 mil delegados panistas, el 2 y 3 de junio, en León Guanajuato.

Candidaturas

Uno de los argumentos que más criticaron los panistas que no asistieron al Consejo Nacional Extraordinario –para la aprobación, precisamente, de estas reformas estatutarias—fue el proyecto que presenta modificaciones al artículo 37, el cual establece el mecanismo para elegir candidato a la Presidencia de la República.

La discusión se establece en el sentido de si deben ser la mayoría de los ciudadanos o sólo los panistas –adherentes y militantes—quienes elijan al candidato panista. También se discute si debe ser válido o no el uso de encuestas y sondeos para elegir al mismo así como consultas al público en general, lo cual permitiría, de acuerdo con militantes consultados, aprobar un candidato que lleve "más acarreados" en lugar de que sea el que enarbole la ideología de Acción Nacional.

En la propuesta de la Dirección General Jurídica se propone también que, en el artículo 64, se aumenten las facultades del CEN, pues se le otorga la facultad a la dirigencia nacional de elegir a los primeros tres lugares en cada circunscripción de las listas de candidatos a diputados federales por el principio de representación proporcional y a los lugares primero, tercero y quinto de la lista de candidatos a Senadores por el Principio de Representación Proporcional. Actualmente estas facultades no están especificadas en los Estatutos de Acción Nacional.

Además, el CEN propone, en esta reforma de estatutos, la creación de una Comisión de Elecciones –a través del artículo 62 bis--, la cual estará integrada por nueve personas, panistas con al menos diez años de antigüedad en el partido y que serán elegidos por el Consejo Nacional.

La creación de esta comisión –una especie de IFE-- causó animadversión entre los militantes cercanos a Calderón Hinojosa, debido a que consideraron que se le otorgaba mayor poder a esta comisión, la cual durará en su cargo seis años y no podrán ser candidatos a ningún cargo de elección popular durante el periodo para el que fueran electos y tampoco podrán ser miembros del CEN ni tener empleo dentro de la administración pública.

La Comisión de Elecciones, por ejemplo, tendrá la capacidad de cancelar precandidaturas, igual que el CEN o el Comité Directivo Estatal correspondiente.

El árbitro electoral que podría aprobarse se repetiría de igual manera en los estados, siendo una Comisión de Elecciones Estatal en cada entidad –artículo 77 bis--.

Otras reformas

En el caso de los comités estatales, el PAN prevé que éstos pueden rechazar la admisión de solicitudes de miembros activos, como consta en el artículo 92, cuando éste mismo artículo, sin ser reformado, dice todo lo contrario: "Aprobar la admisión de miembros activos".

También deroga la fracción XII del mismo artículo, la cual establecía que en el ámbito municipal, los comités estatales debían garantizar la equidad de género en las candidaturas a cargos de elección popular.

sgf/mgg



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