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CNDH impugna reforma para localización vía celular

María de la Luz González | El Universal
Lunes 14 de mayo de 2012
CNDH impugna reforma para localizacin va celular

FALLAS. La ley que permite el “rastreo” de comunicaciones en caso de delitos que se investigan otorga facultad discrecional e ilimitada a la PGR y procuradurías estatales, ya que no está sujeta a la vigilancia del Poder Judicial, destaca la queja del organismo nacional . (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )

La norma permite al MP ubicar en tiempo real comunicaciones vinculadas con delitos

luz.gonzalez@eluniversal.com.mx

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad para impugnar las reformas que permiten a la Procuraduría General de la República (PGR) y a las procuradurías de justicia estatales localizar geográficamente, en tiempo real, equipos de telefonía móvil en la investigación de delitos.

En la demanda, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el organismo sostiene que las reformas al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley Federal de Telecomunicaciones son violatorias de garantías, tales como el derecho a la privacidad y a la legalidad, certeza y seguridad jurídica previstas en la Constitución.

La CNDH impugnó las modificaciones legales porque carecen de limitación temporal y otorga facultad discrecional e ilimitada a la PGR y las procuradurías estatales, ya que no se prevé la intervención de jueces para que autoricen la medida, la supervisen y revoquen en su momento.

“Esta Comisión Nacional considera que las mencionadas reformas vulneran los derechos humanos de las personas, en tanto son contrarias a las tuteladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que México es parte”, afirmó en comunicado.

La adición del artículo 133 Quáter del Código Federal de Procedimientos Penales y las reformas a los numerales 16, fracción I, apartado D y 40 bis, de la Ley Federal de Telecomunicaciones, fueron aprobadas el pasado 1 de marzo en la Cámara de Diputados con 315 votos a favor, 6 en contra y 7 abstenciones, junto con la derogación del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

Las reformas, conocidas como Ley de Geolocalización, plantean que el ministerio público a cargo de investigaciones sobre delincuencia organizada, secuestro, extorsión o amenazas, tiene la obligación de solicitar a los concesionarios la localización geográfica en tiempo real, de las comunicaciones relacionadas con los casos que se indagan.

La solicitud se podrá formular por simple oficio o comunicación por medios electrónicos, como ocurre con las peticiones de arraigos, cateos e intervención de comunicaciones a los juzgados federales especializados.

Sin embargo, en este caso, las reformas no obligan a la autoridad ministerial a solicitar la autorización de un juez, ni detallan las circunstancias y condiciones que se deben considerar para solicitar la geolocalización de los equipos; tampoco define si un tercero que es o no sospechoso en una investigación también puede ser sujeto de este tipo de vigilancia.

Por ello, la CNDH consideró que las reformas violan derechos fundamentales y solicitó la intervención de la Corte para declararlas inconstitucionales.

Desde el 14 de septiembre de 2006, la CNDH cuenta con legitimación activa para impugnar tratados internacionales, leyes federales y leyes estatales y del Distrito Federal, que vulneren los derechos humanos consagrados en la Constitución, y el organismo ha ejercido ampliamente esta facultad.

Este es el primer caso en el que impugna una medida relacionada con el combate al crimen organizado, aunque en 2008 dirigió un escrito a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal sobre la Ley de Extinción de Dominio aprobada por al Asamblea Legislativa del Distrito Federal, que consideró podría vulnerar el derecho a la propiedad y otras garantías conexas.

En el documento, el organismo realizó un análisis del decreto por el que se expide la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal y se reformaron y adicionaron diversos artículos de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

La CNDH sostuvo que el decreto era inconstitucional pues “ la facultad de dictar leyes en materia de delincuencia organizada es exclusiva de la Federación “.

Hace unas semanas, también dio vista a la Corte de un asunto en el que un tribunal colegiado reconoció la competencia de un juzgado militar en un caso de violación a derechos humanos que conforme a jurisprudencia de la Corte y criterios internacionales, corresponde a la jurisdicción civil, aunque su solicitud fue desechada por el máximo tribunal.



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