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Inicia la Corte el debate por Cofetel

María de la Luz González| El Universal
Lunes 27 de febrero de 2012
Inicia la Corte el debate por Cofetel

PONENTE. El ministro de la Corte Luis María Aguilar. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )


luz.gonzalez@eluniversal.com.mx  

El marco jurídico de las telecomunicaciones estará a debate a partir de hoy en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con la discusión de cuatro amparos relacionados con tarifas de interconexión que promovieron empresas de telefonía celular.

Los ministros definirán, entre otros temas, si es constitucional la facultad de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) para fijar condiciones y tarifas de interconexión entre las empresas del sector cuando éstas no lleguen a un acuerdo, así como los límites a esa atribución, y si la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) puede revisar los fallos del organismo regulador.

Los proyectos de sentencia, difundidos la semana pasada, coinciden en avalar las facultades de la Cofetel para fijar tarifas, así como para dirimir las controversias entre las empresas del sector, aunque conceden amparos en puntos específicos a algunas de las empresas demandantes.

Es el caso, por ejemplo, del proyecto elaborado por el ministro Luis María Aguilar al amparo que promovió Axtel para resolver su diferendo con Telcel en materia de tarifas, impugnando la intervención de la Cofetel.

El ponente sostiene que la Cofetel es la única competente para dirimir controversias entre las empresas del sector, por ser el órgano administrativo desconcentrado de la SCT con autonomía técnica, operativa, de gasto y gestión, encargado de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente y la cobertura social amplia de las telecomunicaciones y la radiodifusión.

El proyecto concede la razón a Axtel en un punto específico, y propone ampararlo en contra de la tarifa promedio ponderada, que utilizó Cofetel para fijar el costo que debía pagar la demandante a Telcel por servicios móviles en la modalidad “el que llama paga” en el periodo 2005-2007.

La propuesta plantea que la resolución carece de sustento legal, por lo que el organismo regulador debe emitir una nueva resolución. Además, invalida la tarifa que fijó un juez federal a la demandante al concederle el amparo, ya que la Cofetel es la única facultada para establecer las tarifas de interconexión.

En el amparo interpuesto por Unefon, la demandante cuestiona las facultades de la SCT para revisar y modificar las resoluciones de la Cofetel, en un juicio que data de 2007, cuando Unefon propuso a Axtel reducir el costo de las llamadas en la modalidad “el que llama paga”.

Debido a que las empresas no llegaron a un acuerdo, el organismo regulador estableció las tarifas.



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