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IFAI: buscan “elitizar” el acceso a la información

Alberto Morales| El Universal
Viernes 05 de febrero de 2010

alberto.morales@eluniversal.com.mx

La intención de que un tribunal revise las resoluciones de la Comisión de Transparencia del estado de Campeche es “inconstitucional”, va en contrasentido de los principios de “sencillez” y “celeridad” aplicables del derecho a la información a nivel nacional y además provocaría una “elitización” de este principio, porque sólo beneficiaría a las autoridades en perjuicio de los ciudadanos.

Lo anterior se desprende de los alegatos que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) envió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde el PAN local presentó una acción de inconstitucionalidad para que declare inválidas las reformas a la Ley de Transparencia de Campeche, que prevé que sus resoluciones sean revisadas por la sala administrativa del Tribunal Superior de Justicia de la entidad.

La semana pasada EL UNIVERSAL dio a conocer que el procurador general de la República, Arturo Chávez Chávez, pidió a la Suprema Corte que valide una reforma implementada en Campeche.

En el oficio IFAI.SA.089.09, que la secretaria de acuerdos del Instituto, Cecilia Azuara, envió a la ministra Olga Sánchez Cordero, encargada de la elaboración del proyecto de sentencia, el IFAI expresó que la existencia de un mecanismo de revisión “resulta totalmente contradictorio al mandato constitucional del artículo sexto”.

En sus consideraciones, el IFAI expuso que no se garantiza el derecho de acceso a la información en un sentido integral, porque la posibilidad de que los sujetos obligados por la ley puedan impugnar las determinaciones de un órgano especializado “amplía” los plazos en que los particulares pueden obtener una determinación definitiva.

Frenan proceso

“No sólo le resta celeridad al procedimiento, sino sencillez, pues el particular que no posea conocimientos técnicos en materia jurídica requerirá necesariamente asesoría legal para desahogar debidamente el proceso contencioso y de esa forma tratar de obtener una sentencia favorable a sus intereses”.

El IFAI consideró que el esquema de revisión que dispone el artículo 74 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Campeche propicia la “sofisticación” del derecho a la información pues lo convierte en un derecho accesible a particulares que poseen conocimiento técnico o los medios económicos para defender sus pretensiones ante el Tribunal de Justicia del Estado.

En sus consideraciones, el IFAI también subrayó la inconstitucionalidad del artículo 48 de la Ley de Transparencia de Campeche, que señala que el acceso a la información no implica el permitir al solicitante la consulta directa del expediente, lo anterior bajo el argumento de “protección física” de documentos y fuentes que por su valor e importancia histórica deben preservarse para “que puedan ser consultados por las futuras generaciones”.



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