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La Corte decidirá caso de libertad de culto

María de la Luz González| El Universal
Lunes 16 de octubre de 2006
Analizará la detención de religioso que repartió propaganda en la calle

Stephen Orla Searfoss, ministro de culto cristiano, nunca se imaginó que su intención de difundir en las calles el Evangelio Según San Juan, llevara al máximo tribunal del país a debatir los límites a las libertades de conciencia y de expresión .

El pasado 2 de octubre, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el caso de Stephen, quien fue arrestado el 25 de febrero pasado en la ciudad de Toluca, estado de México, por distribuir propaganda religiosa en la vía pública.

¿El motivo? El bando municipal prohíbe la distribución de cualquier tipo de propaganda sin previa autorización del Ayuntamiento, lo que implica una censura previa, explica Ricardo Ortega Soriano, abogado del ministro.

"El caso se agrava porque involucra también la libertad de conciencia, o de culto, como también se le conoce. Se dice que en cualquier estado de derecho, en tanto se respeten las garantías fundamentales se puede estar en presencia de democracia", destaca.

Por este motivo, la Clínica de Interés Público del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) tomó el caso y promovió un amparo para Stephen Orla, alegando la inconstitucionalidad del bando municipal.

La respuesta de Justino Gallegos, Juez Segundo de Distrito en materia de Amparos y Procesos Civiles del estado de México fue que el bando no es inconstitucional, y apoyó su resolución en una tesis sobre libertad de cultos dictada en la época de la guerra cristera y ya rebasada.

La tesis sostiene que no está mal que el Estado cierre los templos y que la gente debe practicar su religión en aquellos que queden abiertos, pero ese criterio se estableció en unas condiciones que ya no son las que vive el país, destaca el abogado.

La Clínica decidió combatir la resolución de Gallegos e interpuso el recurso de revisión a su fallo, ante el Cuarto Tribunal Colegiado en materia Administrativa de Toluca.

Este es el recurso que atrajo la Primera Sala, en una decisión que Ricardo Ortega considera de gran relevancia.

"Es la oportunidad de establecer si el Estado tiene la potestad de imponerse a las libertades de sus ciudadanos y, como en este caso, ejercer un acto de censura previa a la libertad de expresión y de conciencia", considera.



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