aviso-oportuno.com.mx

Suscríbase por internet o llame al 5237-0800




Fox ignoró 55 observaciones de SCT contra ley de medios

Ricardo Gómez| El Universal
Miércoles 21 de junio de 2006
El otorgamiento de concesión "sigue siendo discrecional", alerta; el dictamen de la SCT, del cual EL UNIVERSAL tiene copia, firmado por el secretario Pedro Cerisola y Weber, advirtió al Ejecutivo el pasado 4 de abril que de entrada es inconstitucional el derecho de los legisladores de objetar los nombramientos de la Cofetel, hechos por el Presidente

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) advirtió al presidente Vicente Fox de una serie de inconsistencias, lagunas legales, actos discrecionales y contradicciones generadas por las reformas a las leyes federales de Radio y Televisión, y de Telecomunicaciones, entre ellas actos inconstitucionales.

El dictamen de la SCT, del cual EL UNIVERSAL tiene copia, firmado por el secretario Pedro Cerisola y Weber, advirtió al Ejecutivo el pasado 4 de abril que de entrada es inconstitucional el derecho de los legisladores de objetar los nombramientos de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), hechos por el Presidente.

Esta causa fue recientemente impugnada en los juzgados por dos de los comisionados propuestos por el presidente Vicente Fox, y rechazados por el Congreso de la Unión, Gonzalo Martínez Pous y Rafael del Villar Alrich.

"Es inconstitucional el derecho de objetar, otorgado a los senadores de la República, con base en lo que señala el artículo 76 constitucional", dice el documento generado por la SCT y hecho llegar al presidente Vicente Fox a través de su consejería jurídica.

La consejería jurídica del Ejecutivo federal reconoció la existencia del dictamen de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de un oficio enviado ayer al senador Javier Corral, a quien le había sido negada la información a través la Unidad de Enlace de la Presidencia de la República.

Según el oficio número 3.2353/2006, firmado por el consejero adjunto de Presidencia, Francisco Cuevas Godínez, el texto ya obra en el expediente de la acción de inconstitucionalidad número 26/2006 que se tramita ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), interpuesto por 47 senadores encabezados por Corral.

El dictamen de SCT contiene más de 55 observaciones al Ejecutivo sobre la llamada Ley de Medios, en materia de radio y televisión, y de telecomunicaciones, en que se advierte que las reformas traerían consigo además discrecionalidad y contradicciones que afectan a la Cofetel, además de textos confusos que dan pie a interpretaciones y con ello a amparos.

Las observaciones las hizo la SCT, señaló Corral, para que analizara la posibilidad de un veto presidencial, pero no se tomaron en cuenta.

El Senado aprobó los cambios a dichas leyes la madrugada del pasado 31 de marzo.

El texto fue remitido el 4 de abril al consejero jurídico del Presidente, el panista Juan de Dios Castro Lozano, por parte del titular de Comunicaciones y Transportes, Pedro Cerisola, con el oficio número 1.-105.

Un día después, el 5 de abril, Juan de Dios Castro Lozano informó de la recepción del documento, a través del oficio 1.1387/2006, pero señaló que dichas observaciones deben ser "acordadas de manera favorable por el Presidente de la República, a efecto de que esta consejería jurídica esté en posibilidad de revisarlas y dictaminarlas jurídicamente".

Además le informó a Cerisola que también debía recabar la opinión de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con el acuerdo por el que se emiten lineamientos para la elaboración, revisión y seguimiento de iniciativas de leyes y decretos del Ejecutivo federal, y que el proyecto de observaciones debió ser enviado cinco días antes de la presentación al Congreso.

En el dictamen, la SCT advirtió a Fox que con las reformas también se generan "lagunas" en materia de refrendo de permisos y se obsequia un derecho inexistente hasta hoy a los concesionarios, cuando el mismo concesionario tiene preferencia sobre el refrendo de una concesión de radio o televisión, "con lo que será prácticamente imposible negar un refrendo".

Entre otras observaciones, la dependencia reconoció que el otorgamiento de una concesión "sigue siendo discrecional y sujeto a presiones". Los cambios también abren la posibilidad de que el espectro radioeléctrico nunca se restituya al Estado.

Además se genera un régimen de excepción dentro del mismo mercado, porque cualquier otra persona que pretenda ser concesionario deberá licitar y pagar por ello, mientras que los concesionarios existentes podrán seguir explotando las frecuencias sin pago adicional, dice el texto.

De igual forma, al establecer criterios eminentemente económicos para la selección del concesionario "se estaría propiciando que sólo algunos grupos económicamente fuertes puedan acceder a estas frecuencias".

Según el texto, las reformas traerían consigo además lagunas legales, discrecionalidad y contradicciones que afectan a la Cofetel, al definir el servicio de radiodifusión como un servicio de telecomunicaciones, lo que genera una doble legislación para regular el mismo servicio.

"El servicio de radiodifusión resulta regulado por dos leyes y presenta contradicciones en su definición", dice el documento.

"Las definiciones en las modificaciones a esta ley y de la Ley Federal de Telecomunicaciones generan contradicciones y lagunas legales que llevan a la interpretación y eventuales amparos. El servicio de radiodifusión está definido y regulado por dos leyes al mismo tiempo y con distintas acepciones".

El texto hizo ver además el debilitamiento de Cofetel al reducir sus atribuciones con los cambios legales, y el freno de trámites por la transición "inoperable" de la Dirección General de Sistemas de Radio y Televisión, en sólo 30 días.

Además, se señala que de acuerdo con el marco jurídico vigente para la administración pública, las características que se le asignan a la Cofetel no corresponden a las de un órgano desconcentrado.

También se hace mención a que no se toma en cuenta crear una estructura administrativa que trabaje con cinco miembros en el interior del órgano regulador.

En la fracción XI se elimina la facultad de Cofetel de aprobar las tarifas, aun cuando lo prevean los títulos de concesión, y permisos, "situación que debilita a la autoridad".

Además, dice la SCT, es inconstitucional que no sean elegibles para ser comisionados de la Cofetel o presidente de la comisión, las personas que ocupen dichos cargos a la entrada en vigor del decreto.

En su momento, la SCT advirtió que también se abre el sector a la inversión extranjera "al 49% o inclusive al 100%, cuando la tecnología evolucione y haya servicios móviles en estas bandas".



comentarios
0