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14 de febrero. Ley obstaculiza su amor

Liliana Alcántara| El Universal
Viernes 14 de febrero de 2014
<b>14 de febrero.</b> Ley obstaculiza su amor

LIMITANTE. "Pedro" y "Sandra" viven en unión libre desde hace cuatro años porque la incapacidad intelectual que él padece es una limitante en México para contraer matrimonio en un registro civil. (Foto: ADRIÁN HERNÁNDEZ / EL UNIVERSAL )

Conapred pide quitar de Códigos Civiles cualquier traba que resulte discriminatoria

liliana.alcantara@eluniversal.com.mx 

Amores imposibles como el de la mítica historia entre Romeo y Julieta subsisten. Algunas parejas viven separadas por la distancia, otras por diferencias de clase social y otras más por el infortunio. Pero en México hay, además, otro obstáculo que puede impedir a un par de enamorados hacer realidad su sueño de vivir juntos en matrimonio: la ley.

Padecer una enfermedad incurable, contagiosa y hereditaria; sufrir impotencia o esterilidad; tener sífilis o Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (Sida); ser bisexual o presentar alguna enfermedad mental, incapacidad, “locura”, “idiotismo” e “imbecilidad”, son impedimentos expresos en la Legislación para contraer matrimonio en las 32 entidades de la República Mexicana.

“Normalmente no está bien visto o no se ve bien lo que es la discapacidad. Creen que soy incapaz de formar una familia o sacar una pareja. Eso está mal visto y no sé por qué, porque una persona con discapacidad tiene los mismos derechos que una persona que no tiene discapacidad”, dice Pedro, un joven enamorado y con discapacidad intelectual que vive en unión libre, planea casarse por el civil, y que mantiene temporalmente oculto su amor para evitar los prejuicios.

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), luego de analizar los 32 Códigos Civiles de los estados y el Federal, determinó que los impedimentos para contraer matrimonio son discriminatorios, pues implican un trato diferente, arbitrario y muchas veces injustificado que viola los derechos de las personas a ejercer su voluntad, casarse y formar una familia. Incluso los considera “una intromisión inaceptable por parte del Estado en la vida privada de las personas”, según lo establece en el ejemplar Matrimonio y familias, de la colección Legislar sin discriminación, que ha distribuido el consejo entre los legisladores del país.

“Tenemos personas con VIH que no han podido contraer matrimonio, parejas de ciegos donde el juez no quiere casarlos porque pueden tener hijos con la misma discapacidad o personas sordas o con discapacidad intelectual que (...) se les están violando sus derechos”, señala Ricardo Bucio, presidente del Conapred, institución que ha emprendido una campaña entre legisladores para que supriman los impedimentos injustificables y que se basan en estereotipos y prejuicios.

Javier Maldonado, académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, considera que dichos impedimentos no son una intromisión arbitraria del Estado, porque el interés es preservar la salud de la población presente y futura: “Por eso se piden exámenes prenupciales y ya es a criterio del juez si impide o no el matrimonio”.

Los impedimentos

En 25 estados, las enfermedades crónicas, incurables o hereditarias son un obstáculo para casarse en un registro civil; en 19, la impotencia o la esterilidad incurables; en nueve, la sífilis, y en tres el Sida (Baja California, Coahuila y Sonora).

En 17 códigos civiles se establecen la incapacidad, la locura, “el idiotismo”, la “imbecilidad” como impedimentos. En Tabasco, su Código Civil maneja el concepto de “disminución o perturbación de la inteligencia” como traba.

Pocas leyes explican los argumentos de sus impedimentos. Algunas defienden que el fin del matrimonio es la procreación y por eso impiden una unión que “haga prever algún prejuicio grave o degeneración para los descendientes”.

En otros casos se argumenta la dificultad de las personas para poder ejercer su voluntad. El artículo 141 del Código Civil de Michoacán, y el 417 de Guerrero, refieren que están imposibilitados de casarse quienes “no puedan gobernarse y obligarse por sí mismos”.

Para el Conapred, los términos empleados en algunas Legislaciones como “idiotismo” e “imbecilidad” son peyorativos.

“La autoridad no puede negar el matrimonio a ninguna persona por razones de salud, nacionalidad o preferencia sexual si no existe una justificación objetiva y razonable [fin legítimo, necesidad, idoneidad y proporcionalidad]”, explica el Conapred en su libro editado en 2013.

Amor del bueno

Sandra y Pedro viven uno de esos amores que son imposibles en 17 estados, donde la discapacidad intelectual de él es un impedimento para casarse.

Se conocieron en el trabajo de ella. Él es el alumno y ella la maestra. Por eso prefieren mantener su relación en el anonimato, para evitar ser señalados por los prejuicios.

Los dos tienen el apoyo de sus familias, pero Sandra asegura que incluso entre ellas sobraban prejuicios. “Cuando fui a hablar con su mamá, me dijo: ‘Pero qué va a decir tu familia, él tiene una discapacidad’, y yo le respondí: ‘Pues que piensen lo que quieran’, y luego me comentó: ‘Pero él necesita , mucha ayuda’; yo le respondí: ‘¿Y?’”.

Pese a los presagios de que su vida de pareja sería corta, Sandra y Pedro comparten sus vidas desde hace cuatro años “y vivimos como una pareja cualquiera”. Él, gracias a la ayuda de Sandra, ha podido manejar las crisis de agresividad y las dificultades para relacionarse con otros.

“Es normal que una persona se enamore de otra, no por el simple hecho de que tengo una discapacidad vamos a ser lo que quieren las otras personas que hagamos. No somos títeres de la sociedad”, dice Pedro, para quien su sueño es casarse en un año.

Para apoyar a parejas como esta, el Conapred solicitó a los legisladores revisar los Códigos Civiles, eliminar los impedimentos que resultan discriminatorios y que expliquen con claridad en qué casos sí se requiere de estas limitantes.

Raquel Jelinek, directora de la Confederación Mexicana de Organizaciones en favor de la Persona con Discapacidad Intelectual, considera que estas diferencias de trato son violatorias de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que México está obligado a cumplir, y que establece su derecho “a decidir con quién quieren vivir y formar una familia”.



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