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Argentina despenaliza abortos por violación

José Vales / Corresponsal| El Universal
Miércoles 14 de marzo de 2012

BUENOS AIRES.— En un fallo calificado de histórico, la Corte Suprema argentina consideró ayer “no punible” la práctica del aborto por parte de una adolescente de 15 años, cuyo embarazo era fruto de una violación.

Por unanimidad, aunque con argumentos diferentes, los nueve miembros del máximo tribunal, aprobaron que las mujeres violadas podrán someterse a la interrupción del embarazo sin necesidad de acudir a la justicia en busca de autorización, con lo que se sienta jurisprudencia en la materia.

Con ese dictamen se apoyó el fallo que la Supremo Tribunal de la Provincia de Chubut, que había autorizado en 2010 a una adolescente de 15 años a interrumpir el embarazo fruto de la violación de su padrastro, un oficial de la policía de esa provincia.

La decisión de la corte se conoció ayer por la mañana y sienta jurisprudencia sobre la controvertida interpretación del artículo 86 del Código Penal, que no penaliza los denominados abortos terapéuticos y azuza la discusión en el Congreso sobre la despenalización completa del aborto, cuyo proyecto se encuentra empantanado en el Parlamento.

El ministro de Justicia, Julio Alak, aclaró que el gobierno no impulsa la sanción sobre la penalización porque considera que “se necesita un amplio debate social previo”.

Para los analistas la de ayer fue “una decisión histórica, que ayudará a miles de personas”, tal como lo destacó el constitucionalista Jorge Vagni. La justicia no deberá fallar en esos casos y el máximo tribunal instó a que se establezca el dispositivo hospitalario en el sistema público de salud para atender esos casos.



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