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Legislación quita poder de decisión al IFT: analistas

El Universal
Lunes 07 de julio de 2014

El Senado se “echó para atrás” y quitó facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, alertaron analistas.

“A través de varios transitorios recularon tras haber creado al IFT como un organismo constitucional autónomo. Varios de los aspectos que ahora se legislaron tendrían que haber quedado como resoluciones técnicas, económicas y legales emitidas por el IFT a través de sus facultades”, dijo Ramiro Tovar, analista en competencia económica y telecomunicaciones.

Pareciera que el objetivo del articulado de esta Ley buscaba precisar la forma de pasar por encima de lo ya resuelto por el Instituto e imponer una regulación o medidas regulatorias que sustituyeran lo decidido por el IFT en uso de sus atribuciones, dijo.

El IFT, en cumplimiento con los plazos que se estipularon en la reforma constitucional, resolvió temas como las tarifas de interconexión asimétricas que se impondrían a Telmex y Telcel y contenidos relevantes que ni América Móvil ni Televisa pueden tener en exclusiva.

Sin embargo, la Ley estipula tarifa cero de interconexión para Telmex y Telcel y le exige al IFT acatar la legislación en este sentido y le confiere a la Secretaría de Gobernación la atribución de sancionar en materia de contenidos.

Así sustituyen, enmiendan y se anticipan en la Ley en temas que debieron ser resoluciones del Instituto, señaló Tovar.

El analista Gabriel Sosa Plata, recordó que fue una ganancia la autonomía del IFT que se logró en la reforma constitucional, pero la Ley no le da seguimiento. “Esta ley sí lo lastimó demasiado (al IFT) en cuanto a sus atribuciones, atentancontra su autonomía”, dijo.

Jorge Fernando Negrete, director general de MediaTelecom Policy and Law, recordó que la reforma depositó la confianza en el IFT para resolver y sancionar temas regulatorios como la determinación de tarifas de interconexión y la autorización de los procesos de adquisición o consolidación, intercambio de acciones o fusiones. “El IFT tiene un mandato, que claramente en la Ley secundaria se lo niegan”, dijo el analista.

En el caso de contenidos, coincidió en que el IFT quedó sólo como espectador, ya que puede revisar, analizar y evaluar los temas de contenidos, pero no puede tomar decisiones, dijo.

Fernando Borjón, comisionado del IFT, comentó que existen plazos y condiciones que son contradictorios con las disposiciones legales, sin embargo, dijo, aún falta que la Ley sea discutida y votada en la Cámara de Diputados. Por ejemplo, los artículos 158 y 159, que se relacionan con el tema de multiprogramación, pues se menciona que esos canales que se desplegarán cuando la televisión sea digital no podrán utilizarse para televisión de paga, así como el número de canales adicionales de televisión abierta que podrán ser retransmitidos por los sistemas de tv de paga.



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