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Primeros seis meses del Ifetel

Ramiro Alonso| El Universal
Jueves 05 de septiembre de 2013

ramiro.lucero@eluniversal.com.mx

Una vez constituido el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), el nuevo regulador tendrá 180 días para poner en marcha diversas medidas regulatorias orientadas a mejorar la competencia los mercados de radio, televisión y telecomunicaciones, de acuerdo con el texto constitucional que se promulgó el pasado 10 de junio.

Una de las primeras medidas del Ifetel será obligar a concesionarios de televisión (Televisa y Tv Azteca) permitir a los concesionarios de TV restringida la retransmisión de su señal, de manera gratuita y no discriminatoria, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde.

Los concesionarios que presten servicios de televisión restringida (cable o satelital) están obligados a retransmitir la señal de televisión abierta, de manera gratuita a los consumidores.

En los primeros 180 días, el Ifetel deberá publicar, en un plazo no mayor a 180 días naturales, bases y convocatorias para licitar nuevas concesiones de frecuencias de televisión radiodifundida que deberán ser agrupadas a efecto de formar por lo menos dos nuevas cadenas de televisión con cobertura nacional.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y de telecomunicaciones, e impondrá medidas para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia y, con ello, a los usuarios finales, de acuerdo con la reforma.

El nuevo regulador, en un plazo no mayor a los 180 días naturales, establecerá las medidas que permitan la desagregación efectiva de la red local del agente preponderante en telecomunicaciones de manera que otros concesionarios de telecomunicaciones puedan acceder, entre otros, a medios físicos, técnicos y lógicos de conexión entre cualquier punto terminal de la red pública de telecomunicaciones y el punto de acceso a la red local pertenecientes a dicho agente.

Estas medidas también serán aplicables al agente económico con poder sustancial en el mercado relevante de servicios al usuario final, según la reforma al texto constitucional.



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