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Fijan reglas de operación para Miscelánea Fiscal 2014

Rubén Migueles Tenorio| El Universal
Martes 31 de diciembre de 2013
Fijan reglas de operacin para Miscelnea Fiscal 2014

DISPOSICIONES. En la miselánea fiscal se establecen los lineamientos de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o Factura Electrónica, entre otros. (Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )

SAT define las normas para comprobante digital

ruben.migueles@eluniversal.com.mx

La Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Miscelánea Fiscal 2014, dónde el Sistema de Administración Tributaria (SAT) establece una serie de nuevas reglas y mecanismos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias el próximo año, como resultado de la Reforma Fiscal aprobada por el Congreso de la Unión.

Entre las novedades dadas a conocer, destacan las reglas para la expedición y uso del Comprobante Fiscal Digital, también conocido como factura electrónica; disposiciones específicas para el pago del ISR, IVA y el IEPS; indicaciones para las devoluciones y compensaciones; así como diversos aspectos relacionados con el Código Fiscal de la Federación.

Por ejemplo, se establecen los requisitos para la operación del decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares.

Para Diego Cuevas Estandía, abogado fiscal, no se ve de manera evidente que se estén dando beneficios directos a los contribuyentes en la miscelánea, simplemente la naturaleza de la resolución miscelanea que expide el jefe del SAT es establecer reglas y mecanismos para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en teoría para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, pero no se van a encontrar beneficios directos para los contribuyentes, cuando menos de manera evidente.

Más que beneficios, la resolución de la miscelánea otorga una serie de facilidades administrativas para que las personas físicas y morales cubran sus compromisos fiscales, por ejemplo en el caso del pago del ISR para el régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, así como en el caso de la declaración anual. Como hubo una Reforma Fiscal, se tratan de adecuar los cambios y se tienen que establecer muchas nuevas reglas para darle viabilidad y poderla implementar. Siempre ha habido una resolución miscelánea donde se establecen ese tipo de reglas para dar cumplimiento a las obligaciones fiscales, dice el especialista.

Otro caso incluido en la Miscelánea Fiscal para el próximo año es la liberalización del IEPS a productos como la tortilla de maíz y trigo, bolillo y pan no dulce, así como las sopas de pasta y los cereales para lactantes a pesar de su alto contenido calórico.

La lista de productos básicos libres del impuesto comprende básicamente tres cadenas: la del maíz, la del trigo y la de otros cereales. La cadena del maíz comprende además de la tortilla, las tostadas, la harina de maíz, nixtamal, masa de maíz, así como alimentos a base de cereales de maíz sin azúcares.

Cabe recordar que con la reforma fiscal se gravó a alimentos no básicos con una densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos, como botanas, chocolates y derivados del cacao, confitería, flanes y pudines, dulces de frutas, cremas de cacahuates y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales, helados, nieves y paletas de hielo.

La Miscelánea Fiscal 2014 comprende dos libros, 47 artículos transitorios y un anexo que prevé las cifras actualizadas de la Ley Federal de Derechos para el próximo año de diversos servicios.

En el primer libro se establecen las disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación en materia de medios electrónicos, devoluciones y compensaciones, de la inscripción y de los avisos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) .

Se establecen los lineamientos de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o Factura Electrónica, de los proveedores de servicios de certificación del documento, su expedición por las ventas realizadas y servicios prestados por personas físicas del sector primario, arrendadores, mineros, enajenantes de vehículos usados y recicladores por los adquirentes de sus bienes o servicios.

Asimismo, de la expedición de CFDI por concepto de nómina y otras retenciones, contabilidad, declaraciones para realizar pagos provisionales, definitivos y del ejercicio de personas físicas, por vía Internet y ventanilla bancaria, además de las facultades de las autoridades fiscales.

El libro segundo consta de las disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación en cuanto a la presentación de declaraciones de pagos provisionales y definitivos vía internet de personas físicas y morales.

Establece además aspectos de infracciones y delitos fiscales, acreditación de la calidad de fondo de pensiones y jubilaciones del extranjero y fondo de inversión o persona moral en los que participan dichos fondos.



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