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Editorial EL UNIVERSAL

La Corte y el fuero militar

Inspiración en el interés público, responsabilidad, búsqueda de la verdad, de permanente justicia y del cumplimiento de los derechos humano ...





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    13 de julio de 2011

    Existe la idea generalizada de que los tribunales militares, lejos de respaldar a la sociedad, actúan para encubrir a sus propios elementos y sustraerlos de la acción de la justicia. Esta percepción debe corregirse en los hechos. El fuero de guerra tiene razón de ser en la medida en que la disciplina militar es el eje de comportamiento de quienes tienen en sus manos la seguridad territorial de la nación y la preservación de la paz social, que no son poca cosa. Pero ello no supone que se encuentren por encima de la ley y puedan hacer y deshacer a su antojo.

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó ayer que el fuero militar no opera para procesar a militares responsables de violaciones a derechos humanos, quienes deberán ser juzgados por tribunales civiles. El fallo se dio durante el análisis de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla, ocurrida en 1974 en Guerrero, y de la cual se responsabilizó al Ejército mexicano.

    Esta resolución clarifica la interpretación exacta que debe darse tanto al artículo 13 constitucional —que reconoce la existencia del fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar—, como al artículo 57 del Código de Justicia Militar, que al enlistar los delitos contra la disciplina militar exenta de los mismos a los cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas en delitos del orden común “que exijan querella necesaria para su averiguación y castigo”.

    De esta forma, el máximo tribunal del país se adelanta a los poderes Ejecutivo y Legislativo al abordar el tema y otorgarle un lugar de privilegio a la defensa de los derechos humanos, por sobre cualquier otro derecho. Esto es importante destacarlo, porque si bien la resolución de la Corte lo hace en referencia a un hecho cometido hace 37 años, en el contexto del enfrentamiento entre el gobierno mexicano y las guerrillas de esa década, el tema ha retomado actualidad en el marco de la lucha del gobierno en contra del crimen organizado, en la que se ha echado mano de las Fuerzas Armadas, que en varias ocasiones han sido acusadas de violar derechos humanos.

    Violaciones que suelen disculparse con el argumento de que la preparación del militar es de guerra y no policial, lo que justificaría el exceso de fuerza o la falta de cuidado en sus acciones.

    El fallo de ayer no debe verse como un debilitamiento de la autoridad castrense, sino, por el contrario, como una herramienta que busca fortalecer a militares y marinos de cara a la sociedad, en el sentido de que las instituciones armadas tienen ahora mayor claridad del marco de su actuación, lo que le da a la ciudadanía la certeza de que ningún exceso será permitido.



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