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José Antonio Meade Kuribreña

El IETU, control necesario

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    21 de julio de 2009

    El Impuesto sobre la Renta (ISR) se introduce en México en 1921. Hoy es nuestra principal fuente de ingresos tributarios. En 2008, junto con el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto al Depósito en Efectivo que lo complementan, se alcanzó una recaudación de 625.4 mil millones de pesos.

    Si bien en una primera etapa del diseño de la reforma hacendaria se evaluó modificar en sí el ISR, en el proceso de análisis y discusión se concibió un camino mejor, que generó consensos, y que permite marcar la pauta hacia una mayor eficiencia de todo el sistema tributario.

    Partiendo del mandato constitucional de que todos contribuyamos de forma equitativa y proporcional a financiar el gasto público, se sustituyó el impuesto de control vigente, el Impuesto al Activo (Impac), por uno que funcionara como elemento de control del ISR y mantuviera un mínimo de contribución al acotar la posibilidad de abusar de la complejidad del ISR, de los regímenes especiales, de las facilidades administrativas y de los diversos estímulos fiscales. Es así que surge el IETU.

    Visto el IETU como impuesto de control, habría que destacar primero sus diferencias con el Impac al que sustituyó. El Impac gravaba el activo bruto a una tasa de 1.25%. Su lógica descansaba en la premisa de que la inversión en activos genera riqueza y que sólo se comprarían activos si su rentabilidad fuese mayor que la de invertir en activos financieros libres de riesgo. El IETU, por su parte, grava la diferencia entre los ingresos por venta y los gastos de adquisición de mercancías incluyendo inversión. Al hacerlo, reconoce el ingreso cuando se genera y el gasto cuando efectivamente se eroga. Esto es, el IETU trabaja sobre la base de flujos de efectivo y grava dicha base a una tasa sustancialmente menor a la del ISR.

    Si bien la tasa del Impac era una buena estimación de la rentabilidad mínima de una empresa, su monto era independiente del flujo que la empresa generaba. El IETU, como impuesto de control, se adecua mejor a la capacidad contributiva de las empresas. Adicionalmente, el IETU permite que se deduzca 100% de la inversión al momento de realizarla; no grava, en consecuencia, al capital. Es decir, mientras que el anterior sistema de control penalizaba la inversión, el actual la alienta.

    En cuanto impuesto mínimo, papel que el Impac no cumplía, el IETU complementando al ISR rescata tres elementos que debieran ser centrales en cualquier esquema moderno de tributación: a) fija un mínimo de contribución para el financiamiento del gasto; b) preserva un principio general de simetría entre ingresos acumulables y gastos deducibles; sólo se puede deducir lo que alguien más en la economía acumula; y c) grava a la misma tasa los ingresos con independencia de quién los recibe. Esto último elimina el incentivo de desviar artificialmente recursos entre sectores, zonas geográficas o actividades.

    La combinación de estos tres elementos fomenta las actividades económicas formales, como un objetivo central de la política tributaria. Visto así, en su arquitectura, el IETU como complemento del ISR es probablemente la reforma más profunda realizada en los últimos tiempos a nuestro sistema tributario.

    El análisis de sus impactos específicos y de sus beneficios concretos tomará tiempo. Hay que recordar que hoy sólo contamos con información del pago definitivo correspondiente a su primer año de vigencia. En dicho año, el IETU alcanzó una recaudación de 46.6 mil millones de pesos. La recaudación conjunta del ISR, Impac, IETU e IDE creció 11.4%, muy por encima del aumento real de la actividad económica (1.3%), lo que revela que la reforma fue eficaz para cerrar avenidas de evasión y elusión fiscales.

    Esto permitió que en 2008 la recaudación aumentara 0.75% del PIB, lo cual sólo se había observado en seis de los últimos 30 años. Además, en 2008 se presentó la mayor relación entre el crecimiento de la recaudación y el de la economía.

    La introducción del IETU prácticamente no generó presiones inflacionarias, ni se le pueden atribuir cambios en las condiciones de contratación de los trabajadores. Por el contrario, hasta antes de la fase más aguda de la recesión, esto es, en los primeros nueves meses de 2008, la formación bruta de capital fijo tuvo un crecimiento real de 6.3% respecto del mismo periodo del año anterior. Se trata de una cifra muy superior a la que se esperaría en un entorno de incertidumbre y retracción gradual del crecimiento. Dicho crecimiento estuvo motivado, en parte, por el estímulo a la inversión que representa el nuevo impuesto.

    La introducción del IETU abrió nuevos horizontes en el diseño de nuestra política tributaria. Conforme tengamos mayores elementos de juicio podremos empezar a plantear alternativas diferentes y establecer mejoras en el esquema. Es mucho lo que el IETU aporta al debate del sistema impositivo que México, idealmente, debe tener.

    Subsecretario de Ingresos de la SHCP



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