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Ricardo Raphael

¿Jaque mate a la ley de medios?

Maestro en Ciencias Políticas por el Instituto de Estudios Políticos de París, Francia. Maestría en Administración Pública por la Escuela ...

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    14 de mayo de 2007

    Los diputados y senadores de la pasada Legislatura sí promovieron la concentración en los mercados de la radio y la televisión. Ellos sí reforzaron los privilegios de los actuales dueños de los medios, y también atentaron contra la rectoría económica del Estado. Además, en esta materia impusieron barreras irremontables contra las comunidades indígenas, perjudicando el desarrollo educativo y la integración cultural del país.

    Estos no son, otra vez, los argumentos de Javier Corral. Tampoco los de Dulce María Sauri o Manuel Bartlett. No provienen una vez más de Raúl Trejo Delabre, Marco Levario Turcott, Lolita Beistegui o Aleida Calleja.

    En esta ocasión se trata de las conclusiones de Sergio Aguirre Anguiano, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    A los primeros se les ha menospreciado, desprestigiado e incluso satanizado en los medios de comunicación. Su necedad ha sido mucha, pero bien dicen que la única diferencia entre la necedad y la tenacidad es el éxito. La ponencia que este ministro presentó en días pasados al pleno de la SCJN demuestra que su tenacidad valió la pena.

    Esta semana se discutirá la inconstitucionalidad de la ley de medios ante los ojos de toda la nación. Nada indica todavía que los demás ministros de la Corte vayan a hacer suyos los argumentos del ministro ponente. Sin embargo, será muy difícil rebatirles. Han sido serena y sólidamente construidos. Evidencian conocimiento técnico sobre una materia muy nueva, y una lógica jurídica robusta basada en la Constitución.

    A lo largo de las 546 fojas que integran el documento a discutir, Aguirre ofrece varias razones para explicar porqué las reformas a las leyes de Telecomunicaciones, Radio y Televisión -aprobadas durante la pasada Legislatura federal- vulneran varios principios fundamentales de la Carta Magna.

    La primera tiene que ver con los privilegios que por tales reformas obtuvieron los pocos concesionarios que hoy dominan a ese sector económico. Según la argumentación de Aguirre, la pieza legislativa en disputa produce una hegemonía peligrosa en manos de unos cuantos particulares.

    Reclama este ministro que no se haya tomado en cuenta el poder sustancial que poseen los actuales dueños de los medios. Y también que se haya extendido automáticamente su posición preponderante sobre los nuevos mercados que la tecnología digital ofrecerá con respecto a los servicios adicionales de telefonía celular e internet.

    A juicio de este integrante de la SCJN, las piezas legislativas impugnadas, en lugar de abrir la competencia y la pluralidad cerraron el juego, robustecieron ventajas e impusieron inaceptables barreras económicas.

    A partir de este razonamiento, Aguirre propone declarar inválido, en su integralidad, el nuevo artículo 28 de la Ley de Radio y Televisión. Es decir, el precepto jurídico que graciosamente regaló a los actuales concesionarios el dominio sobre el futuro espacio radioeléctrico. Y tal cosa sin que los dueños de los medios quedaran obligados siquiera a licitar o a pagar una contraprestación monetaria por los servicios adicionales que se añadirán a su imperio.

    Con ello además se privó al Estado de las facultades para regir y planear, eficiente y eficazmente, la administración de estos mercados. Es decir que se dejó en manos de los principales concesionarios el control de un bien escaso que debía ser concebido como un bien del dominio público.

    El tema alcanza mayor relevancia si se considera que tanto la libertad de expresión como el derecho a la información se encuentran estrechamente vinculados hoy en día con la regulación de las actividades de radiodifusión. Sólo si existe un mercado plural de medios masivos, y sólo si se cuenta con una amplia variedad de fuentes públicas, los ciudadanos pueden informarse y expresarse libremente. Por tanto, es necesario que el Estado evite la concentración de las concesiones radioeléctricas para que ambas libertades permanezcan a salvo.

    En sentido inverso, los poderes fácticos sostendrían una espada de Damocles sobre estos valores tan preciados para cualquier sociedad que aspire a ser democrática.

    En otro tema, Aguirre Anguiano reclamó a la Legislatura precedente haber dado la espalda al tema de la prestación del servicio de radiodifusión que, por mandato constitucional (artículo segundo), debe corresponder a los pueblos y comunidades indígenas. En concreto, era obligación del legislador ofrecer condiciones especiales y asequibles para que las radios comunitarias se desarrollen.

    Al colocar como único mecanismo para la obtención de frecuencias radioeléctricas la licitación por subasta, el legislador violó las garantías de igualdad y no discriminación protegidas por las leyes mexicanas.

    No resulta demasiado complicado saber qué sucedería en el momento en que una comunidad quisiera obtener una frecuencia radial, si para hacerlo se viese forzada a competir en tecnología y recursos monetarios contra alguna de las siete grandes cadenas radiofónicas del país.

    De quedarse las cosas como están, evidentemente el mecanismo de la subasta les terminará eliminando del espacio público mexicano. Por ello Aguirre Anguiano propone al pleno de la SCJN que se exija al Congreso hacer de nuevo y bien, esta tarea encomendada por la Constitución.

    Esta semana podrá observarse por el canal del Poder Judicial el debate que el resto de los ministros sostendrán a propósito de dicho acto de inconstitucionalidad. Será un formidable momento pedagógico sobre la forma en que procede la justicia mexicana con respecto a los derechos fundamentales de los ciudadanos.

    Por lo pronto, el sólo documento del ponente encargado ha dejado en blanco y negro suficientes razones y argumentos para hacer ruborizar a quienes, de manera cínica e irresponsable, se dejaron presionar en su día por los poderes fácticos.

    Aún falta el juicio jurídico final, pero no se necesitaría mucho más para emitir un juicio moral condenatorio frente a quienes traicionaron los intereses ciudadanos a cambio de unas cuantas migajas al servicio de sus campañas electorales.

    No sobra decir que con esta resolución la Corte cuenta con una magnífica oportunidad para demostrar que no está ocupada únicamente de resolver conflictos y diferencias entre los poderes y los poderosos, sino que también se ocupa de velar por los asuntos de todos y cada uno de los integrantes de la sociedad mexicana.

    Analista político



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