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Jorge Eugenio Ortiz Gallegos

El secreto del confesionario y el de los periodistas



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    18 de diciembre de 2002

    LA DECLARACIÓN de Principios aprobada por la Comisión Internacional de Derechos Humanos, CIDH, en su período 108 estableció: "Que todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales". Además, en mayo 12 de 1994, México firmó solidariamente los acuerdos de la Conferencia de Chapultepec, en donde se establece que "no podrá obligarse a ningún periodista a revelar sus fuentes de información". Y la UNESCO, por su parte, impone "que los periodistas sean incluidos dentro de los profesionales que pueden alegar el derecho al secreto profesional" (v. "El secreto profesional" por Enrique Maza, p. 22, Proceso , diciembre 1, 2002).

    Las abejas africanas. En noviembre pasado algunos comunicadores dieron cuenta de que habían sido citados por la PGR, la que pretendió obligarlos a revelar las fuentes de información de que se habían servido para dar noticias en asuntos que la dicha Procuraduría investigaba. A partir de la Convención de San Francisco, que a mediados del siglo XX redactó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el anecdotario de postulados que pretenden la declaración de derechos de muchos asuntos particulares puede llenar bibliotecas enteras. Hay una constante presión sobre los legisladores de todo el mundo para que se modifique la redacción de los textos constitucionales, y para la formulación de Declaraciones como las aquí referidas, que para el caso pueden servir de ejemplo. Bien podría compararse la Declaración de San Francisco con la solitaria abeja africana que, a mediados del siglo XX, se fugó de un laboratorio de Brasil donde era objeto de investigación, y que una vez escapada se propagó en miles y miles de panales que transformaron y mutilaron la capacidad productiva de miel de los tradicionales y conservadores centros de producción de la mansa abeja domesticada desde tiempos inmemoriales.

    El surgimiento de la multiplicación de reclamos de derechos ha venido emprendiendo la batalla al blandir sus agudos piquetes contra las autoridades y los sistemas legislativos. Gracias a ello, en particular el panorama de la libertad de prensa parecía haber variado y los reporteros perseguidos y asesinados han sido defendidos intensamente con gran solidaridad como consecuencia de las innovaciones de estos acuerdos internacionales.

    Un despertar y una multiplicación de abejas africanas combate contra la historia inveterada de la represión común ejercida por los gobiernos contra la prensa. Por ello muchas plumas condenaron a senadores del PAN que se sumaron a la posición intromisa de la PGR, afirmando desde la tribuna que la autoridad judicial tiene derecho de interrogar a un periodista para que revele las fuentes de información.

    Así fuera importante completar el expediente del llamado Pemexgate , la intervención autoritaria y arbitraria de los fiscales federales resulta una repetición de las viejas prácticas del PRI gobierno durante 70 años, cuando el Ejecutivo ejercía el soborno, el chantaje, las canonjías, la complicidad para controlar toda clase de información.

    El secreto de la confesión católica tiene parecido con los acuerdos en favor del sigilo periodístico. En su norma 983-1 el Derecho Canónico de la Iglesia católica establece: "El sigilo sacramental es inviolable, por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente de palabra o de cualquier otro modo por ningún motivo".

    El periodista calumnioso o penitente que se comporta como informante, sin embargo, no puede gozar en toda ocasión del mismo trato ni en la Iglesia, ni en el orden público. ¡Cuántas veces el reportero propala lo que le llegó de oídas y con mentira derrama por los suelos la fama que no puede ser ya recogida en estado de limpieza y transparencia! Ciertamente es responsabilidad de la autoridad judicial investigar las llamadas fuentes de información de un periodista cuando está de por medio el honor de las personas o instituciones. Recuérdese la anécdota de Julio Scherer, a quien el locutor o merolico Ferriz de Con infamó propalando que el señor Scherer había depositado una fuerte cantidad de dólares en una cuenta personal de un banco extranjero. La reclamación de Scherer ante la autoridad pública obligó a Ferriz a confesar que le habían simplemente llevado ese chisme que él pudo convertir en escandalosa noticia. Y ante la presión judicial de citatorios e informaciones del escándalo el calumniador confesó públicamente su charlatanería y el mal uso de su espacio en un medio electrónico.

    jodeortiz@netra.net



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