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Agenda Alternativa | Javier Lozano*

Candil de la calle



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Cuando la Conferencia Parlamentaria en materia de Telecomunicaciones (CPT), instaurada entre ambas cámaras del Congreso de la Unión, llevó al cabo aquel ejemplar ejercicio de consulta para la eventual elaboración de una nueva ley, Telmex se pronun...

Lunes 23 de agosto de 2004

Candil de la calle

Mientras Telmex se opone en México a la desagregación de su red y a la portabilidad del número, en Chile, a través de su subsidiaria, clama por ello

Cuando la Conferencia Parlamentaria en materia de Telecomunicaciones (CPT), instaurada entre ambas cámaras del Congreso de la Unión, llevó al cabo aquel ejemplar ejercicio de consulta para la eventual elaboración de una nueva ley, Telmex se pronunció así: (8.4.1) "En función de los objetivos de fomento a la creación de infraestructura, de más y mejores servicios, al crecimiento del acceso y a la conectividad, la ley no debe hacer obligatoria la desagregación... No contribuye al crecimiento de las redes ni de la teledensidad, y actúa en detrimento de las empresas que han invertido en infraestructura... Promueve la reventa de los servicios existentes inhibiendo el incentivo para crear nueva infraestructura por parte de todos los concesionarios... De acuerdo a la experiencia internacional, la desagregación no ha promovido la inversión ni la competencia... La desagregación promueve el "descreme" de los usuarios de menores recursos... La desagregación atenta contra el derecho a la propiedad privada establecido por la Constitución, al imponérsele la carga consistente en pretender disponer unilateralmente de una parte de la red propia sin el consentimiento del propietario y sin fundamento jurídico alguno, y en fijar la contraprestación que se deba pagar por ello atendiendo exclusivamente a costos".

Cabe recordar que, a través de la desagregación, una empresa concesionaria podría prestar servicios al usuario de otra red, pagándole por ello un determinado precio y sin necesidad de duplicar la infraestructura existente.

En cuanto a la portabilidad de número, que consiste en la posibilidad de que un usuario conserve su número telefónico a pesar de cambiar de compañía telefónica o de domicilio, esto fue lo que dijo Telmex ante la CPT: (8.3) "La portabilidad del número local va en contra de los principios fundamentales de incremento de la conectividad y crecimiento de la infraestructura, que ha acordado la Conferencia Parlamentaria... El objetivo debe ser establecer las prioridades de los proyectos de inversión de manera que los recursos se destinen a aumentar la prestación de los servicios básicos para la mayoría de la población, antes de otros proyectos no prioritarios, como la implantación de la portabilidad del número local, por lo que ésta no deberá ser obligatoria... La portabilidad del número sólo se empieza a discutir en los países con alta densidad telefónica."

Veamos ahora lo que Telmex Corp. SA, empresa 100% propiedad de Telmex, presentó el pasado 30 de junio, en escrito firmado por Alejandro Rojas Pinaud, gerente general, ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de Chile (www.subtel.cl ). Se trata de una posición documentada en 45 cuartillas para atender la invitación de esa autoridad gubernamental en cuanto al proyecto de Reglamento para Servicios de Desagregación de Redes.

"Se recomienda que la definición de la operadora de desagregación (Telmex en Chile), expresamente señale que ella estará facultada para la prestación irrestricta de todos los servicio (sic) compatibles con su concesión, sobre las facilidades de desagregación de redes contratadas a la concesionaria desagregada" (la empresa dominante que, en este caso, es Telefónica de Chile). Asimismo, Telmex propone que "los operadores de desagregación tendrán acceso y podrán revender la totalidad de los servicios que suministra la concesionaria desagregada, sin perjuicio de otros servicios adicionales que las operadores de desagregación puedan además comercializar en conformidad (sic) a la naturaleza de su concesión". Plantean, en ese tenor, que "la Subsecretaría de Telecomunicaciones, mediante resolución fundada establecerá los procedimientos necesarios para garantizar la prestación transparente y no discriminatoria del suministro de los servicios de desagregación de red por parte de las concesionarias desagregadas... La autoridad correspondiente, a través de un mecanismo transparente y participativo, en estricta consistencia con los criterios de costos utilizados en los estudios tarifarios que dieron origen a los decretos de dichas concesionarias, deberá fijar las tarifas para esos servicios, manteniendo la consistencia de los costos considerados en los estudios tarifarios respectivos y evitando taxativamente que las tarifas por dichos servicios constituyan una renta por sobre los costos marginales de su prestación".

Por lo que hace a la portabilidad, Telmex opinó ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones de Chile que "la implementación de la portabilidad del de (sic) la numeración en nuestro país ha reiteradamente (sic) pospuesta, no obstante los compromisos adoptados por la autoridad sobre la materia en tratados internacionales... La portabilidad de la numeración deberá ser implementada por todas las concesionarias desagregadas (empresa dominante) a más tardar el 1 de septiembre del año 2005".

Todo lo anterior es información pública. No hace falta emitir juicio de valor alguno. La contradicción es tan evidente que habla por sí sola. Lo único que queda es que las autoridades reguladoras de ambos países revisen una y otra posiciones para, finalmente, dictar las políticas públicas y emitir las piezas regulatorias que mejor respondan a las necesidades del consumidor. No hacerlo así será tanto como conformarnos con vivir a oscuras mientras Telmex se pasea, luminosamente, por las calles de Santiago y al compás de las coplas de Neruda.

El autor es consejero del Idet y de la Fundación Desarrollo Humano Sustentable, A.C.

www.idet.org / javierlozano@jlamx.com



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