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Agenda Alternativa | Javier Lozano*



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Lunes 11 de agosto de 2003

Copérnico

"Y a pesar de todo, se mueve". Podría ser ésta una buena frase para comentar lo que sucedió la semana pasada en el sector de las telecomunicaciones. Buenas y malas pero, por fin, pasan cosas.





Noticias para el consumidor

La Cofetel dio a conocer un nuevo Plan Técnico Fundamental de Calidad de las Redes del Servicio Local Móvil, lo que representa una buena noticia para el consumidor, aunque podría cuestionarse si el vehículo idóneo para esta medida era un Plan Fundamental de los previstos en el artículo 41 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, pues no se está, en este caso, en un supuesto de interconexión, sino de calidad del servicio frente al usuario.

Lo cierto es que, independientemente del instrumento jurídico que se decidió adoptar para dicha medida, la determinación es buena y debe ser bienvenida.

Tal Acuerdo, publicado el pasado 5 de agosto en el Diario Oficial de la Federación, busca cuidar estándares mínimos de calidad de hasta un 3% para el caso de intentos de llamadas no completadas como de llamadas caídas estando en curso. Dichos valores, junto con los demás aplicables, serán revisados por Cofetel cada dos años, previa consulta con la industria.

Lo más relevante de esta nueva regulación del sector es que los concesionarios de redes públicas dedicadas a la prestación de este servicio de telefonía móvil deberán proporcionar a sus clientes la información relativa a los mapas de cobertura garantizada para cada área de servicio local, es decir, de cada ciudad. Asimismo, habrán de describir específicamente los servicios que pueden ser prestados por la empresa de que se trate, la información de las tarifas aplicables por tipo de servicio, el esquema de facturación que corresponda y tendrán la obligación de mantener un sistema de atención de consultas y quejas.

La información al consumidor habrá de estar disponible, a través de medios impresos y electrónicos, dentro de los 90 días siguientes a la publicación del Acuerdo de la Comisión Federal de Telecomunicaciones. Enhorabuena.



Más del IEPS

El senador Héctor Osuna propuso un punto de acuerdo ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a fin de solicitar al Presidente de la República, Vicente Fox, que así como ya descubrió que el famoso Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) lastimaba gravemente a la industria de la televisión de paga, haga lo propio con el resto de las industrias del sector de las telecomunicaciones y, de una vez por todas, busque fuentes de recaudación fiscal más eficientes, equitativas y congruentes con una política económica que, supuestamente, tendría que preocuparse por la promoción y no por la inhibición.

Así, mientras una buena parte de los servicios de telecomunicaciones están exentos de tan infame gravamen, la industria de la radiocomunicación especializada de flotillas, mejor conocida como trunking, es la única de las áreas del sector de las telecomunicaciones que no goza de excepción alguna en la aplicación del IEPS.

El trunking en su concepción tecnológica más avanzada es, para decirlo fácilmente, un servicio como el que ofrece Nextel y el cual representa un sustituto muy cercano al teléfono celular.

Bueno, pues esta industria que ha invertido 18 mil millones de pesos, que genera 6 mil empleos directos, que tuvo una tasa de crecimiento de 22.5% en 2001 y de 30% en 2002 y cuyas ventas totales para el año pasado fueron de casi 5 mil millones de pesos, con el consecuente impuesto devengado sobre la renta y al valor agregado, sin perjuicio de los aprovechamientos que, del orden de 5% de sus mismas ventas (de alrededor de 4 mil 800 millones de pesos para 2002) pagan al gobierno federal por el uso de sus frecuencias, es gravada además con 10% del IEPS.

Este tema dará mucho más de qué hablar. Luego no digan que les falta información para tomar la decisión de derogar ese impuesto especial.



Adiós a la dominancia

Pues con la novedad de que Telmex obtuvo un nuevo amparo respecto del tema de la dominancia en cinco mercados relevantes y que, en un escenario optimista, hubiera significado la oportunidad de que la Cofetel pudiera aplicar reglas especiales a dicha empresa por su supuesto poder sustancial en tales mercados.

Ya la primera declaratoria emitida por la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) el 4 de diciembre de 1997 fue desechada en un procedimiento similar y, como consecuencia, la resolución de septiembre de 2000 que había expedido la Cofetel en términos del artículo 63 de la Ley Federal de Telecomunicaciones para imponer obligaciones específicas a Telmex en materia de tarifas, calidad de servicio e información, también se vino abajo.

Pues ahora resulta que, el pasado 21 de julio, la Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, Silvia Cerón, ha concedido el amparo solicitado por Telmex en contra de la determinación de la Cofeco del 23 de agosto de 2001, al considerar que "la autoridad dejó de examinar apoyándose en un razonamiento ilegal, los argumentos que expuso la hoy quejosa (Telmex) relativo a la clasificación de mercados relevantes y determinación de poder sustancial".

Es así que llevamos más de cinco años y medio tratando de aplicar un artículo que, por lo visto y gracias a la impericia del jurídico del organismo antimonopolios, no tiene para cuando cobrar vida.

Pareciera que, a estas alturas del partido, lo recomendable sería que Cofetel y la SCT simple y sencillamente apliquen a cabalidad el título de concesión de Telmex lo cual, dicho hasta el hartazgo, constituye un auténtico documento de regulación asimétrica respecto de los demás operadores.

Y claro que no le vendría nada mal a la Cofeco hacerse de un par de buenos abogados.

Vaya que los necesita.

* Presidente del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones, A.C.

javierlozano@jlamx.com



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